Ordenanza: 6322
Año: 2015
Fecha de Sanción: 11-06-2015
Fecha de Promulgación: 19-06-2015
Modificando artículos de la Ordenanza Nº 5594/10 referente a la reglamentación para la prestación del servicio de remise.
VISTO:
La Ordenanza Nº 5594/2010; y
CONSIDERANDO:
Que es necesario hacer mención de los requisitos a cumplimentar para la obtención del Cartón habilitante de los choferes del servicio de remises;
Que para hacer cumplir con el artículo 18 se sugiere la modificación de las medidas de las obleas y la no mención de que las mismas serán otorgadas por la Dirección de Tránsito y Transporte, a modo de que cada titular las retire una vez obtenida su habilitación; y
Que la Dirección General de Asuntos Legales a fs. 13 dictamina que no tiene objeciones de carácter legal que formular al respecto;
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA LA SIGUIENTE:
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º.- Modifícase el artículo 12 de la Ordenanza Nº 5594/2010, el cual quedará – – – – – – – – – – – – redactado de la siguiente manera:
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ARTICULO 12.- Los conductores de los vehículos afectados al servicio deberán – – – – – – – – – – – – poseer cartón de habilitación para chofer, otorgado por la Dirección General de Tránsito y Transporte o la que haga sus veces en el futuro, cumpliendo para la obtención del mismo la siguiente documentación:
a) Registro con categoría profesional. b) Certificado de Antecedentes Penales. c) Libreta Sanitaria. d) D.N.I. 1º y 2º hoja con domicilio en Campana. e) Libre Deuda del Juzgado de Faltas.-“.- |
ARTICULO 2º.- Modifícase el artículo 18 de la Ordenanza Nº 5594/2010, el cual quedará – – – – – – – – – – – – redactado de la siguiente manera:
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ARTICULO 18.- Los vehículos afectados al servicio de remises no tendrán – – – – – – – – – – – – ninguna leyenda o implemento visible desde el exterior que los identifique como tales, ni otras luces que no sean reglamentarias. Pero sí, llevarán adherida al parabrisas, lado superior derecho del automotor y luneta trasera, una oblea de color rojo de 10 cm. de ancho x 20 cm. de largo con la leyenda REMIS HABILITADO, número de licencia, Municipalidad de Campana.-“.- |
ARTICULO 3º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los 11 días del mes de junio de 2015.-
CRISTINA G. DEL MARMOL JUAN JOSE GHIONE
SECRETARIA PRESIDENTE
Honorable Concejo Deliberante Honorable Concejo Deliberante
Campana, 19 de junio de 2015
Promulgada por Decreto Nº 1270 del día de la fecha. Cúmplase. Regístrese y Publíquese.
Dr. Pedro Alcides ORQUIGUIL Stella Maris Giroldi
Secretario de Gobierno Intendente Municipal
y Gestión Pública
REGISTRADA BAJO N° 6322