DIGESTO

Expediente N°6325

Ordenanza: 6325
Año: 2015
Fecha de Sanción: 11-06-2015
Fecha de Promulgación: 19-06-2015

Convalidando Convenio Marco celebrado con la Universidad de Tres de Febrero el cual tiene por objeto la mutua complementación y cooperación para el desarrollo institucional.

VISTO:

El expediente N° 4016-15250/2014; y

CONSIDERANDO:

Que en el mismo se propicia la Celebración del Convenio Marco entre la Universidad Nacional de Tres de Febrero y la Municipalidad de Campana;

Que el Convenio proyectado a fojas 2/3, tiene por objeto la mutua complementación y cooperación para su respectivo desarrollo institucional incrementando sus capacidades de investigación tecnológica y de difusión y preservación de la cultura; y este modo de vinculación permitirá brindar un mejor servicio a las necesidades de la sociedad, reconociendo las mismas como así también las cuestiones relativas a la solidaridad social, al empleo y a la producción;

Que a fs. 4 vlta., la Dirección General de Asuntos Legales consigna que no tiene objeciones que formular  respecto a la suscripción del Convenio Marco;

Que a fs. 15 luce copia del Convenio suscripto el 29 de enero del corriente año, entre la Municipalidad de Campana y la Universidad Nacional de Tres de Febrero;

Que las partes convienen en establecer relaciones de complementación, cooperación y asistencia recíproca de carácter académico, cultural, tecnológico y de servicio;

Que la vigencia del  Convenio mencionado se pacta en cuatro (4) años contados desde la fecha de su firma. Vencido dicho plazo quedará automáticamente renovado por igual plazo salvo que alguna de las partes expresara su voluntad de no continuar, decisión que deberá hacer conocer a la otra, de manera fehaciente, con sesenta (60) días de anticipación al vencimiento del plazo;

Que a fs. 18 vlta., la Dirección General de Asuntos Legales dictamina que no posee objeciones de carácter legal que formular con respecto al Proyecto de Ordenanza adjunto a fs. 16/17;

Que atento a que el proyecto de Ordenanza elevado oportunamente al Honorable Concejo Deliberante no fue tratado el año pasado y considerando el estado de las actuaciones, se procedió a la suscripción del Convenio en cuestión en el mes de enero del corriente año; y

Que en virtud de lo normado en el artículo 41 del Decreto–Ley Nº  6.769/58 (Ley Orgánica de Municipalidades) (t.v.), corresponde al Honorable Concejo Deliberante autorizar consorcios, cooperativas, convenios y acogimientos a las leyes provinciales o nacionales;

POR ELLO:

 

                              EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA LA SIGUIENTE:

 

O R D E N A N Z A

 

ARTÍCULO 1°.- Convalídase en todas sus partes el Convenio Marco celebrado entre            – – – – – – – – – – –  el Municipio de Campana y la Universidad Nacional de Tres de Febrero, con fecha 29 de enero de 2015,  el cual  tiene por objeto la mutua complementación y cooperación para el respectivo desarrollo institucional incrementando sus capacidades de investigación tecnológica y de difusión y preservación de la cultura; y este modo de vinculación permitirá brindar un mejor servicio a las necesidades de la sociedad, reconociendo las mismas como así también las cuestiones relativas a la solidaridad social, al empleo y a la producción, corriendo agregada copia del citado convenio a fs. 15 del expediente municipal N° 4016-15250/2014.-

ARTICULO 2º.-  Cualquier Acta Complementaria del Convenio aprobado en el artículo 1º – – – – – – – – – – – –                              deberá ser aprobado por el Honorable Concejo Deliberante, cuando implique erogación de gastos por parte del Municipio.-

ARTICULO 3º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los 11 días del mes de junio de 2015.-

CRISTINA G. DEL MARMOL                                           JUAN JOSE GHIONE                                                                      

           SECRETARIA                                                                    PRESIDENTE

Honorable  Concejo Deliberante                                Honorable Concejo Deliberante

 

Campana, 19 de junio de  2015

Promulgada  por Decreto  Nº 1273  del día  de la fecha. Cúmplase. Regístrese y Publíquese.

     Dr.  Pedro Alcides ORQUIGUIL                                             Stella Maris Giroldi

       Secretario de Gobierno                                                         Intendente Municipal

             y Gestión Pública

REGISTRADA BAJO N° 6325