DIGESTO

Expediente N°6334

Ordenanza: 6334
Año: 2015
Fecha de Sanción: 25-06-2015
Fecha de Promulgación: 07-07-2015

Condonando deuda que mantiene el Sr. Broggi respecto a la Tasa por Barrido Limpieza y Conservación de la Vía Pública.

VISTO:

El expediente Nº 4016-7.020/2013; y

CONSIDERANDO:

 

Que mediante presentación efectuada a fs. 41, el Señor Antonio Alfonso BROGGI solicita exención de la Tasa de Barrido, Limpieza y Conservación de la Vía Pública del inmueble de su propiedad, debido a la discapacidad que padece;

Que el indicado peticionante agrega copias de la siguiente documentación: Documento Nacional de Identidad a fs. 3,  Certificado de Discapacidad a fs. 4 y escritura de su propiedad a fs. 5/8, constancia de Cuil a fs. 12, informes de ANSES a  fs. 42/45, últimos recibos de jubilación a fs. 46/47 y fs. 49/50;

Que luce acta de inspección a fs. 55 en la cual se verifica que el peticionante habita en el inmueble en cuestión;

Que la Dirección General de Asuntos Legales a fs. 56 manifiesta que, vistas las presentes actuaciones y advirtiendo que se hayan cumplidos los recaudos exigidos por la normativa vigente en la materia, considera que no existen objeciones de carácter legal que formular al respecto;

Que el Departamento Verificaciones a fs. 67 informa el estado  de deuda que mantiene el contribuyente con este Municipio; y

Que la Dirección General de Asuntos Legales a fs. 70 vlta., manifiesta que, analizado el proyecto de Ordenanza que se adjunta a fs. 68/69, no posee objeciones de carácter legal que formular al respecto;

POR ELLO:      

  

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA LA SIGUIENTE :

O R D E N A N Z A

ARTICULO 1º.-   Condónase la deuda correspondiente al año 2014, que mantiene el Señor – – – – – – – – – – – –                               Antonio Alfonso BROGGI, D.N.I. N° 4.454.867,  respecto  del  pago de  la  Tasa  por  Barrido,  Limpieza  y Conservación de  la  Vía  Pública  y  con  relación  al  inmueble  identificado catastralmente como: Circunscripción 2, Sección E, Manzana 88, Parcela 6, Contribuyente  N° 147480/0,  ubicado  en  la calle Amadeo Sabattini N° 188, de esta Ciudad, con relación al otorgamiento del beneficio de la exención de pago de la precitada Tasa a las personas que padezcan discapacidad, en virtud de lo dispuesto en la Ordenanza Nº 5896/2012 modificada por la Ordenanza Nº 6082/2013.-

ARTICULO 2º.-  El beneficio que se concede en el artículo anterior, comprende                                   – – – – – – – – – – – –               únicamente a las cuotas impagas de la Tasa mencionada en el mismo y solamente en los períodos enunciados.-

ARTICULO 3º.-  El Departamento Ejecutivo efectuará en el respectivo registro el               – – – – – – – – – – – –    asiento derivado de la medida dispuesta en los artículos anteriores.-

ARTICULO 4º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los 25 días del mes de junio de 2015.-

CRISTINA G. DEL MARMOL                                           JUAN JOSE GHIONE                                                                      

           SECRETARIA                                                                    PRESIDENTE

Honorable  Concejo Deliberante                                Honorable Concejo Deliberante

 

Campana, 7 de julio de  2015

Promulgada  por Decreto  Nº 1396  del día  de la fecha. Cúmplase. Regístrese y Publíquese.

     Dr.  Pedro Alcides ORQUIGUIL                                             Stella Maris Giroldi

       Secretario de Gobierno                                                         Intendente Municipal

             y Gestión Pública

REGISTRADA BAJO N° 6334