Ordenanza: 6419
Año: 2015
Fecha de Sanción: 26-11-2015
Fecha de Promulgación: 03-12-2015
Convalidación de Bases y Condiciones del servicio funebre municipal
VISTO:
El expediente Nº 4016-40800/2012; y
CONSIDERANDO:
Que en el mismo obran los antecedentes del Llamado a Licitación Pública Nº 5/2012, para la Concesión del Servicio Fúnebre Municipal, por el término de treinta y tres (33) meses, computados desde la fecha de su contratación, dispuesto por Decreto Nº 1261 del 17 de julio de 2012, modificado por Decreto Nº 1299/2012 y adjudicado por Decreto Nº 1620 del 03 de septiembre de 2012, convalidado por Ordenanza Nº 5964/2012;
Que de acuerdo a lo pautado en la Cláusula 4ª del Contrato de Concesión obrante a fs. 166/166 vlta., del mencionado expediente, la concesión se puede prorrogar por un (1) año más;
Que por Decreto Nº 1315/2015, obrante a fs. 404/405 se dispuso ejercer la opción de prórroga por un período de siete (7) meses contados desde el 1º de junio al 31 de diciembre de 2015 ambas fechas inclusive;
Que el mencionado Decreto Nº 1315/15 y el Contrato de Concesión obrante a fs. 413/413 vlta., fueron dictados “Ad-Referéndum” de su convalidación por parte del Honorable Concejo Deliberante mediante la sanción de la respectiva Ordenanza;
Que de acuerdo a la normativa antes citada, y el artículo 41 del Decreto-Ley Nº 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.), el Honorable Concejo Deliberante puede autorizar contrataciones, comprometiendo fondos de más de un ejercicio, debiendo el Departamento Ejecutivo formular anualmente las pertinentes reservas de crédito en los presupuestos;
Que a fs. 446 vlta., la Dirección General de Asuntos Legales dictamina que no posee objeciones de carácter legal que formular respecto al proyecto de Ordenanza obrante a fs. 444/445;
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA LA SIGUIENTE:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º.- Convalídase en todas sus partes el Decreto Nº 1315 del 29 de junio – – – – – – – – – – – – de 2015, por medio del cual se ejerce la opción de prórroga prevista en el artículo 2º del Pliego de Bases y Condiciones Generales y Particulares y en la Cláusula Cuarta del Contrato celebrado con fecha 12 de septiembre de 2012, obrantes a fs. 10/20 del expediente 4016-40800/12, respectivamente, por un período de siete (7) meses, a partir del 1º de junio de 2015 y hasta el 31 de diciembre de 2015 inclusive, de la contratación con la empresa Cochería Torres S.R.L., dictado “Ad-Referéndum” de su aprobación por el Honorable Concejo Deliberante, para la Concesión del Servicio Fúnebre Municipal, copia obrante a fs. 404/405 de dicho expediente.-
ARTÍCULO 2º.- Convalídase en todas sus partes el Contrato de Concesión firmado el – – – – – – – – – – – – día 22 de julio de 2015, entre la Municipalidad de Campana, representada por la Señora Intendente Municipal Da. Stella Maris GIROLDI y la Cochería Torres S.R.L., representada por el Señor Fabián Jesús TORRES, obrante fs. 413/413 vlta., del expediente Nº 4016-40800/2012.-
ARTÍCULO 3º.- El Departamento Ejecutivo preverá en los Presupuestos Generales de – – – – – – – – – – – – Gastos correspondientes a los ejercicios durante los cuales permanezca vigente el Contrato al que se alude en el artículo 2º, la Partida a la que se deberá afectar la erogación que demande el cumplimiento de sus obligaciones.-
ARTICULO 4º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los 26 días del mes de noviembre de 2015.-
CRISTINA G. DEL MARMOL JUAN JOSE GHIONE
SECRETARIA PRESIDENTE
Honorable Concejo Deliberante Honorable Concejo Deliberante
Campana, 3 de diciembre de 2015
Promulgada por Decreto Nº 2391 del día de la fecha. Cúmplase. Regístrese y Publíquese.
Dr. Pedro Alcides ORQUIGUIL Stella Maris Giroldi
Secretario de Gobierno Intendente Municipal
y Gestión Pública
REGISTRADA BAJO N° 6419