DIGESTO

Expediente N°6425

Ordenanza: 6435
Año: 2015
Fecha de Sanción: 26-11-2015
Fecha de Promulgación: 03-12-2015

Prorroga por 5 cinco años a la concesión de uso conferida al BICE Banco de Inversión y Comercio Exterior S.A sobre los terrenos de la Termoelectrica Manuel Belgrano,

VISTO:

El expediente N° 4016-30.693/06; y

CONSIDERANDO:

                    Que en él obran los antecedentes de la Ordenanza N° 5087/07, por la que, entre otras disposiciones, se convalida las Actas Convenio, celebradas el 15 y el 19 de noviembre de 2007, respectivamente, entre la Municipalidad de Campana y MASILEVA S.R.L., junto con los ANEXOS I y II de la citada en segundo término, obrantes en  fotocopia a fs. 77/85 y 86/90, los que integran esa Ordenanza como ANEXOS A y B;  y el Acta Convenio, celebrada el 19 de noviembre de 2007, entre la Municipalidad de Campana y el BICE – BANCO DE INVERSION Y COMERCIO EXTERIOR SOCIEDAD ANONIMA como Fiduciario del Fideicomiso Central Termoeléctrica Manuel Belgrano, obrante en fotocopia a fs. 91, que también en fotocopia integra la Ordenanza como ANEXO C; y se deroga la Ordenanza N° 3282/96 y todos los actos administrativos dictados en su consecuencia;

Que mediante las Actas mencionadas se desafectaron de la concesión conferida a la empresa por Ordenanza N° 3282/96 y restituyeron al Municipio, los inmuebles de propiedad municipal identificados como: Circunscripción IV, Sección A, Fracción I, Parcelas 1 y 2, 3, 4, 5, 6 7, 8 y 9, quedando los restantes afectados por la concesión y con derecho dentro de los primeros cinco años de ésta, para ser adquiridos por la concesionaria – MASILEVA S.R.L. – siguiendo los mecanismos y procedimientos establecidos por la Ley Orgánica Municipal, para la enajenación de bienes municipales,  cuyos usos no podrán interferir con la toma de agua que se menciona en el Acta Convenio de fecha 15 de noviembre de 2007;

Que en el Acta suscripta con el BICE – BANCO DE INVERSION Y COMERCIO EXTERIOR SOCIEDAD ANONIMA como Fiduciario del Fideicomiso Central Termoeléctrica Manuel Belgrano, se otorgó a dicho Banco en concesión de uso, los inmuebles de propiedad municipal identificados como; Circunscripción IV, Sección A, Fracción I, Parcelas 1 y 2, Partidas 004830 y 013589, por el plazo de CINCO (5) años, a contar del 19 de noviembre de 2007, con sujeción al pago de un Canon Anual, con destino a la obra denominada “Acueducto de Suministro de Central Termoeléctrica Manuel Belgrano” declarada ambientalmente apta según Resolución N° 0223/07 de la Secretaría de Política Ambiental de la Provincia de Buenos Aires;

Que por Ordenanza N° 5942/12, entre otras disposiciones, se autoriza la cesión y transferencia de todas las acciones y derechos que tiene y le corresponden a MASILEVA S.R.L., a favor de MASILEVA S.A., cuyo origen tuviera relación con la Ordenanza N° 5087/07 y los antecedentes establecidos por Ordenanzas N° 3282/96 y N° 4749/05 y o cualquiera de las mencionadas en esas Ordenanzas que reconozcan a la primera de las sociedades como titular de acciones y derechos respecto de los inmuebles municipales que se especifican en el artículo 3°, según documentación glosada en expediente N° 4016-008844/08; se declara rescindido de común acuerdo, sin efecto futuro alguno y sin que las partes tengan nada que reclamarse, el Contrato suscripto entre la Municipalidad de Campana y MASILEVA S.R.L., el 21 de enero de 2005 con las modificaciones y alcances establecidos por las Actas Convenio, celebradas el 15 y el 19 de noviembre de 2007 convalidadas por Ordenanza N° 5087/07; se desafecta de su destino original a los inmuebles identificados catastralmente como: Circunscripción IV, Sección A, Fracción I, Parcelas 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 23, 24, 25, 26 y 358 uu., del Partido de Campana, determinando respecto a la Parcela 25 la inmediata iniciación del trámite de prescripción adquisitiva por vía administrativa, por ser su titular registral el Sr. Gambier Alfredo Eusebio (bajo Matrícula 20.180) circunstancia conocida y aceptada por la Sociedad, correspondiéndole la denominación de Parcela 24 en los Planos Especiales de  Subdivisión,  aprobados  por la Dirección de Geodesia bajo características 14-27-47, 14-18-48 y 14-69-53; y se autoriza la venta directa a MASILEVA S.A., respecto de los inmuebles identificados en el artículo 3°, en las condiciones allí dispuestas, con destino  a  la realización de un proyecto empresarial e industrial en la comercialización de áridos y construcción de un Astillero;

Que se encuentra vencido el plazo de la concesión de uso conferida en el Acta suscripta con el BICE – BANCO DE INVERSION Y COMERCIO EXTERIOR SOCIEDAD ANONIMA como Fiduciario del Fideicomiso Central Termoeléctrica Manuel Belgrano, respecto a los inmuebles de propiedad municipal identificados como: Circunscripción IV, Sección A, Fracción I, Parcelas 1 y 2, Partidas 004830 y 013589, de CINCO (5) años, a contar del 19 de noviembre de 2007;

Que atento al superior interés del Estado Nacional y con el objeto que siga funcionando en dichos predios la Central Termoeléctrica Manuel Belgrano que contribuye eficazmente en el fortalecimiento de la prestación de un servicio público tan importante como el suministro de luz eléctrica, resulta oportuno prorrogarlo a partir de su vencimiento por el término de  CINCO (5) años;

Que según lo actuado a fs. 225 vlta., y 226 por la Dirección de Obras, Infraestructura Urbana y Vialidad Municipal, la Dirección de Catastro e Información Geográfica y la Dirección de Obras Particulares, no surgen observaciones que formular al Proyecto de Ordenanza elaborado al efecto, en el que se han verificado los datos catastrales de los inmuebles, siendo éstos correctos;

Que a fs. 227 el Departamento Verificaciones informa que el Contribuyente 10634/0 Banco de Inversión y Comercio Exterior informa que se encuentra cumpliendo con la presentación de declaraciones juradas mensuales y pagos de la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene y Derechos por Publicidad y Propaganda;

Que la Secretaría de Economía y Hacienda interviene en dicha foja sin formular objeciones;  y

Que a fs. 227 vlta., la Dirección General de Asuntos Legales dictamina que no posee objeciones de carácter legal que formular al respecto;

Que  conforme a lo normado en el artículo 55 y concordantes de la Ley Orgánica Municipal y artículos 28, 29 y afines del Decreto – Ley 9533/80, corresponde la intervención del Departamento Deliberativo;

POR ELLO:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA LA SIGUIENTE:

 

O R D E N A N Z A

 

ARTÍCULO 1°.-  Prorrógase por el término de CINCO (5) años, a contar de su                   – – – – – – – – – – – –         vencimiento el 19 de noviembre de 2012, la concesión de uso conferida al BICE – BANCO DE INVERSION Y COMERCIO EXTERIOR SOCIEDAD ANONIMA como Fiduciario del Fideicomiso Central Termoeléctrica Manuel Belgrano, en Acta Convenio celebrada el 19 de noviembre de 2007, convalidada por Ordenanza N°  5087/07, que conforma el ANEXO C de dicha Ordenanza, respecto de los inmuebles de propiedad municipal identificados como: Circunscripción IV, Sección A, Fracción I, Parcelas 1 y 2, Partidas 004830 y 013589, con sujeción al pago de un Canon Anual equivalente al DIEZ POR CIENTO (10%) de la valuación fiscal vigente a cada uno de los años de concesión, con las modalidades y de acuerdo a lo estipulado en los artículos 28 y  29 del Decreto – Ley Provincial N° 9533/80, y en la precitada Ordenanza N° 5087/07, para que continúen afectados a la obra denominada “Acueducto de Suministro de Central Termoeléctrica Manuel Belgrano”.-

ARTÍCULO 2°.-  Las disposiciones de esta Ordenanza rigen desde el 19 de noviembre       – – – – – – – – – – – –   de 2007.-

ARTÍCULO 3°.-  Facúltase al Departamento Ejecutivo a suscribir la documentación que     – – – – – – – – – – – – pudiera resultar necesaria a los fines de concretar la prórroga que se dispone en el artículo anterior.-

ARTICULO 4º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los 26 días del mes de noviembre de 2015.-

CRISTINA G. DEL MARMOL                                           JUAN JOSE GHIONE                                                                      

           SECRETARIA                                                                    PRESIDENTE

Honorable  Concejo Deliberante                                Honorable Concejo Deliberante

 

 

Campana, 3 de diciembre de  2015

Promulgada  por Decreto  Nº 2402  del día  de la fecha. Cúmplase. Regístrese y Publíquese.

     Dr.  Pedro Alcides ORQUIGUIL                                             Stella Maris Giroldi

       Secretario de Gobierno                                                         Intendente Municipal

             y Gestión Pública

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