Ordenanza: 6447
Año: 2015
Fecha de Sanción: 17-12-2015
Fecha de Promulgación: 23-12-2015
Convenio de Asistencia Técnica entre la Dirección de Vialidad de la Provincia de Buenos Aires pqra pavimentación de 3500 metros lineales.
VISTO:
El expediente N° 4016-21453/2015 Alc. 1; y
CONSIDERANDO:
Que a fs. 2/3 obra fotocopia del Convenio de Asistencia Técnica suscripto entre la Dirección de Vialidad de la Provincia de Buenos Aires, representada por la Sra. Administradora General Ing. Patricia TOMBESI y la Municipalidad de Campana, representada por la Sra. Intendente Municipal Stella Maris GIROLDI “Ad-Referéndum” del Honorable Concejo Deliberante para la realización de las tareas 1) Relevamiento y Proyecto de Pavimentación de 3.500 m. lineales de cuadras varias, dentro del Tejido Urbano;
Que dicho Convenio es un Acuerdo de contraprestación de Asistencia técnica, en cuya Cláusula Primera el organismo provincial pone al servicio del Municipio con control de la Subgerencia de Estudios y Proyectos, una Comisión de Estudios Técnicos a fin de realizar los relevamientos planimétricos, estudios de suelos, yacimientos, etc., para la elaboración del Proyecto por parte del Departamento Vialidad Municipal de dicha Subgerencia;
Que en su Cláusula Tercera el Municipio se compromete a abonar los gastos originados en concepto de viáticos del personal afectado con su correspondiente desarraigo de acuerdo a la normativa vigente, durante el tiempo que demande la afectación de los estudios previos y la confección del proyecto, en las condiciones estipuladas;
Que en su Anexo I se establecen los valores de los viáticos necesarios para los relevamientos y estudios mencionados;
Que a fs. 5 la Dirección Técnico Contable y Certificaciones informa la partida presupuestaria a la que corresponde afectar la erogación;
Que a los fines de no demorar el cumplimiento de dicha obligación por parte del Municipio ni interferir en la gestión de convalidación del Convenio, la efectivización de los viáticos al personal provincial, se tramita en el expediente N° 4016-21453/15 – Cuerpo O, al que se agregarán los actos administrativos por los que se disponga que la Contaduría Municipal libre los pagos correspondientes, firmados “Ad-Referendum” de dicha convalidación;
Que a fs. 10 la Secretaría de Economía y Hacienda y la Contaduría Municipal no formulan objeciones a dicho Proyecto;
Que a fs. 10 vlta., la Dirección General de Asuntos Legales, consigna que no posee objeciones de carácter legal que formular respecto al proyecto de Ordenanza adunado a fs. 6/8; y
Que en virtud de lo normado en el artículo 41 Decreto-Ley N° 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v), corresponde al Departamento Deliberativo autorizar consorcios, cooperativas, convenios y acogimientos a la leyes provinciales o nacionales;
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS SANCIONA LA SIGUIENTE:
O R D E N A N Z A:
ARTICULO 1°.- Convalídase en todas sus partes el Convenio de Asistencia Técnica – – – – – – – – – – – – suscripto entre la Dirección de Vialidad de la Provincia de Buenos Aires, representada por la Sra. Administradora General Ing. Patricia TOMBESI y la Municipalidad de Campana, representada por la Sra. Intendente Municipal Stella Maris GIROLDI “Ad- Referéndum” del Honorable Concejo Deliberante para la realización de las tareas 1) Relevamiento y Proyecto de Pavimentación de 3.500 m. lineales de cuadras varias, dentro del Tejido Urbano; cuya fotocopia corre a fs. 2/3 del expediente 4016-21453/2015 Alc. 1.-
ARTICULO 2º.- Los fondos necesarios para dar cumplimiento a la obligación contraída – – – – – – – – – – – – en la Cláusula Tercera del Convenio que se convalida en el artículo anterior, se afectarán a la Jurisdicción 1110106000 – “Secretaría de Planeamiento y Obras Públicas”, Programa 01.00.00, Gestión Secretaría de Planeamiento y Obras Públicas”, Actividad 01 “Gestión Secretaría de Planeamiento y Obras Públicas” Fuente de financiamiento 110 “Tesoro Municipal”, del Presupuesto General de Gastos para el año 2015, según corresponda.-
ARTICULO 3º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los 17 días del mes de diciembre de 2015.-
CRISTINA G. DEL MARMOL SERGIO D. ROSES
SECRETARIA PRESIDENTE
Honorable Concejo Deliberante Honorable Concejo Deliberante
Campana, 23 de diciembre de 2015
Promulgada por Decreto Nº 2514 del día de la fecha. Cúmplase. Regístrese y Publíquese.
Dr. ABEL SANCHEZ NEGRETTE SEBASTIÁN ABELLA
Secretario de Gobierno y Intendente Municipal
Gestión Pública
REGISTRADA BAJO N° 6447