Ordenanza: 6450
Año: 2015
Fecha de Sanción: 17-12-2015
Fecha de Promulgación: 23-12-2015
Demarcación del espacio reservado para discapacitados frente al domicilio de 9 de julio 707
VISTO:
El expediente Nº 4016–21803/2015; y
CONSIDERANDO:
Que es necesario realizar una modificación en la calle 9 de Julio a la altura 707 de nuestra ciudad;
Que esta modificación estaría encuadrada en lo que refiere a un lugar reservado, en este caso a una persona discapacitada;
Que a causa del funcionamiento de Oficinas del Departamento Judicial en las cercanías de dicha residencia, es habitual que allí no haya lugar disponible para estacionar;
Que en otras oportunidades el Honorable Concejo Deliberante ha permitido excepcionalmente demarcaciones del espacio público reservado para personas discapacitadas;
Que desde el Departamento Ejecutivo Municipal se ha instrumentado una política en materia de tránsito, a través de un conjunto de acciones orientadas al ordenamiento y modificación de las conductas de las personas que conducen vehículos, en procura de mejorar nuestra calidad de vida cuidando la salud de la persona, con resultados tangibles en materia de seguridad en el tránsito;
Que la implementación de esta forma de estacionamiento con reservados para discapacitados se encuentra en un radio de calles y arterias que no alcanza hasta el domicilio del solicitante;
Que a fs.4 la Dirección General de Asuntos Legales informa que no posee objeciones de carácter legal que formular al respecto.
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA LA SIGUIENTE:
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º.- Autorízase a la demarcación del espacio reservado para discapacitados – – – – – – – – – – – – frente al domicilio de 9 de Julio Nº 707, con una medida prudente para el estacionamiento del vehículo.-
ARTICULO 2º.- Los cambios de domicilio o titularidad del vehículo o cualquier otra – – – – – – – – – – – – alteración en las condiciones de la reserva deben comunicarse a la Dependencia correspondiente del Municipio dentro de un plazo de quince (15) días hábiles de producida la novedad a fin de analizar la caducidad o continuidad del permiso.-
ARTICULO 3º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los 17 días del mes de diciembre de 2015.-
CRISTINA G. DEL MARMOL SERGIO D. ROSES
SECRETARIA PRESIDENTE
Honorable Concejo Deliberante Honorable Concejo Deliberante
Campana, 23 de diciembre de 2015
Promulgada por Decreto Nº 2517 del día de la fecha. Cúmplase. Regístrese y Publíquese.
Dr. ABEL SANCHEZ NEGRETTE SEBASTIÁN ABELLA
Secretario de Gobierno y Intendente Municipal
Gestión Pública
REGISTRADA BAJO N° 6450