Ordenanza: 6479
Año: 2016
Fecha de Sanción: 12-05-2016
Fecha de Promulgación: 27-05-2016
Prohibiendo el uso de plataformas de gestión y/o aplicativos sobre transporte de personas en el Partido de Campana que no se encuentren debidamente aprobados y reglamentados por órgano competente local.
VISTO:
La necesidad de reglamentar cualquier plataforma de gestión o aplicativo que permita el transporte de personas en el Partido de Campana; y
CONSIDERANDO:
Que este servicio reviste un carácter importante en estos tiempos, por lo que su reglamentación se hace sumamente necesaria y urgente;
Que deberá contar con una autorización previa de la Municipalidad de Campana;
Que deberá adecuarse a la normativa vigente municipal;
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA LA SIGUIENTE:
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º.- Prohíbese el uso de plataformas de gestión y/o aplicativos sobre – – – – – – – – – – – – transporte de personas en el Partido de Campana, que no se encuentren debidamente aprobados y reglamentados por órgano competente local.-
ARTICULO 2º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los 12 días del mes de mayo de 2016.-
CRISTINA G. DEL MARMOL SERGIO D. ROSES
SECRETARIA PRESIDENTE
Honorable Concejo Deliberante Honorable Concejo Deliberante
AUTOR: CONCEJAL LUIS R. GOMEZ.
Campana, 27 de mayo de 2016
Promulgada por Decreto Nº 0635 del día de la fecha. Cúmplase. Regístrese y Publíquese.
Dr. ABEL SANCHEZ NEGRETTE SEBASTIÁN ABELLA
Secretario de Gobierno y Intendente Municipal
Gestión Pública
REGISTRADA BAJO N° 6479