DIGESTO

Expediente N°6516

Ordenanza: 6516
Año: 2016
Fecha de Sanción: 27-09-2016
Fecha de Promulgación: 27-09-2016

Convalidando Convenio correspondiente al Programa de Financiamiento para Infraestructura de Redes Públicas Domiciliarias e Intradomiciliarias de Servicios Básicos y/o Equipamiento Comunitario.

VISTO:

El expediente Nº 4016-33626/2016; y

CONSIDERANDO:

                              Que a fs. 2/4, luce fotocopia del Convenio correspondiente al Programa de Financiamiento para Infraestructura de Redes Públicas Domiciliarias e Intradomiciliarias de Servicios Básicos, Obras Complementarias y/o Equipamiento Comunitario, suscripto el día 21 de septiembre de 2016 con la Subsecretaría Social de Tierras, Urbanismo y Vivienda del Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos;

Que mediante dicho Convenio, la Municipalidad de Campana se obliga a construir un centro recreativo y playón deportivo en el predio identificado catastralmente como Circunscripción II, Sección E, Manzana 41, Parcela 1, ubicado en la calle Rígoli esquina M. Di Lucca del Barrio La Josefa de la Localidad de Campana, y la Subsecretaría referida otorga a tal fin la suma de PESOS TRES MILLONES ($ 3.000.000.-) en concepto de subsidio;

Que conforme lo previsto en la cláusula octava del Convenio en cuestión, el mismo tendrá plena vigencia a partir de su ratificación por parte de la Autoridad competente, mediante el dictado del pertinente acto administrativo;

Que en virtud de lo dispuesto en el artículo 41 del Decreto-Ley N° 6769/58 (Ley Orgánica de Municipalidades) (t.v.), el Honorable Concejo Deliberante debe tomar intervención mediante la sanción de la correspondiente Ordenanza; y

Que a fs. 7 la Dirección General de Asuntos Legales manifiesta que no tiene objeciones de índole legal que formular, respecto al proyecto de Ordenanza obrante a fs. 5/6;

POR ELLO:

                          EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA LA SIGUIENTE:

O R D E N A N Z A

ARTÍCULO 1º.- Convalídase en todas sus partes el Convenio correspondiente al Programa de Financiamiento para Infraestructura de Redes Públicas Domiciliarias e Intradomiciliarias de Servicios Básicos, Obras Complementarias y/o Equipamiento Comunitario, suscripto el día 21 de septiembre de 2016 con la Subsecretaría Social de Tierras, Urbanismo y Vivienda del Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos, cuya copia obra a fs. 2/4 del expediente Nº 4016-33626/2016, por el cual la Municipalidad de Campana se obliga a construir un centro recreativo y playón deportivo en el predio identificado catastralmente como Circunscripción II, Sección E, Manzana 41, Parcela 1, ubicado en la calle Rígoli esquina M. Di Lucca del Barrio La Josefa de la Localidad de Campana, y la Subsecretaría referida otorga a tal fin la suma de PESOS TRES MILLONES ($ 3.000.000.-) en concepto de subsidio .-

ARTICULO 2º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los 27 días del mes de septiembre de 2016.-

CRISTINA G. DEL MARMOL                                            SERGIO D. ROSES

               SECRETARIA                                                              PRESIDENTE

Honorable Concejo Deliberante                                  Honorable Concejo Deliberante

 

 

Campana, 27 de septiembre de  2016

Promulgada  por Decreto  Nº 1184  del día  de la fecha. Cúmplase. Regístrese y Publíquese.

     Dr.  ABEL SANCHEZ NEGRETE                                           SEBASTIAN ABELLA

             Secretario de Gobierno y                                                      Intendente Municipal

                   Gestión Pública

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