Ordenanza: 6520
Año: 2016
Fecha de Sanción: 22-09-2016
Fecha de Promulgación: 11-10-2016
Convalidando Decreto Nº 161/16 por el que se ejerce la opción de prórroga del contrato celebrado oportunamente con la Empresa Cochería Torres S.R.L. para la concesión del Servicio Fúnebre Municipal.-
VISTO:
El Decreto-Ley N° 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.) y el expediente Nº 4016-40800/2012; y
CONSIDERANDO:
Que en el mismo obran los antecedentes del Llamado a Licitación Pública Nº 5/2012, para la Concesión del Servicio Fúnebre Municipal, por el término de treinta y tres (33) meses, computados desde la fecha de la firma del respectivo contrato, con opción por parte de la Municipalidad de prorrogarlo por un (1) año más, adjudicado a la empresa Cochería Torres S.R.L. por Decreto Nº 1620/2012, convalidado por Ordenanza N° 5964;
Que por Decreto N° 1315/2015, convalidado por Ordenanza N° 6419, se ejerció la opción de prórroga prevista en el artículo 2° del Pliego de Bases y Condiciones Generales y Particulares y en la Cláusula Cuarta del Contrato celebrado con fecha 12 de septiembre de 2012, por un período de siete (7) meses, a partir del 1° de junio de 2015 y hasta el 31 de diciembre de 2015 inclusive;
Que posteriormente, mediante Decreto N° 0161/2016 se ejerció la opción la prórroga, por el término de cinco (5) meses, contados a partir del 1° de enero y hasta el 31 de mayo de 2016 inclusive, período que completa el plazo restante permitido de prórroga, por el importe total de PESOS SETECIENTOS VEINTICUATRO MIL QUINIENTOS ($ 724.500.-), incluido I.V.A.;
Que el mencionado Decreto N° 0161/2016 y el Contrato de Concesión obrantes a fs. 472/473 y 474/475, respectivamente, fueron dictados “Ad-Referéndum” de su convalidación por parte del Departamento Deliberativo; y
Que de acuerdo a la normativa antes citada, y el artículo 41 del Decreto-Ley Nº 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.), el Honorable Concejo Deliberante puede autorizar contrataciones, comprometiendo fondos de más de un ejercicio, debiendo el Departamento Ejecutivo formular anualmente las pertinentes reservas de crédito en los presupuestos; y
Que a fs. 509 la Secretaría de Gabinete y a fs. 509 vlta., la Dirección de Control de Técnica Legislativa y la Dirección General de Asuntos Legales, manifiestan que no poseen objeciones respecto del proyecto de Ordenanza obrante a fs. 506/508;
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA LA SIGUIENTE:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º.- Convalídase en todas sus partes el Decreto Nº 0161 del 24 de febrero de 2016, cuya copia luce a fs. 472/473 del expediente N° 4016-40800-2012, por medio del cual se ejerce la opción de prórroga prevista en el artículo 2° del Pliego de Bases y Condiciones Generales y Particulares y en la cláusula cuarta del Contrato celebrado con fecha 12 de septiembre de 2012, por un período de cinco (5) meses, contados a partir del 1° de enero y hasta el 31 de mayo de 2016 inclusive, de la contratación con la empresa Cochería Torres S.R.L., para la Concesión del Servicio Fúnebre Municipal.-
ARTÍCULO 2º.- Convalídase en todas sus partes el Contrato de Prórroga de Concesión suscripto con fecha 24 de febrero de 2016, entre la Municipalidad de Campana, representada por el Señor Intendente Municipal D. Sebastián ABELLA y Cochería Torres S.R.L., representada por el Sr. Fabián Jesús TORRES, cuya copia obra a fs. 474/475 del expediente Nº 4016-40800-2012.-
ARTICULO 3º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los 22 días del mes de septiembre de 2016.-
CRISTINA G. DEL MARMOL SERGIO D. ROSES
SECRETARIA PRESIDENTE
Honorable Concejo Deliberante Honorable Concejo Deliberante
Campana, 11 de octubre de 2016
Promulgada por Decreto Nº 1259 del día de la fecha. Cúmplase. Regístrese y Publíquese.
Dr. ABEL SANCHEZ NEGRETE SEBASTIAN ABELLA
Secretario de Gobierno y Intendente Municipal
Gestión Pública
REGISTRADA BAJO N° 6520