DIGESTO

Expediente N°6536

Ordenanza: 6536
Año: 2016
Fecha de Sanción: 24-11-2016
Fecha de Promulgación: 15-12-2016

Autorizando al D.E. a suscribir Acta Protocolo con el Vice Consulado Honorario de Italia.-

VISTO:

El Decreto–Ley Nº 6.769/58 (Ley Orgánica de Municipalidades) (t.v.);  y el expediente Nº 4016-34.937/2016; y

CONSIDERANDO:

Que en el mencionado expediente obra modelo del Acta Protocolo a celebrarse entre la Municipalidad de Campana y el Vice-Consulado Honorario de ITALIA;

Que en el marco de los encuentros desarrollados entre ambos organismos y los representantes institucionales acreditados; y de acuerdo con el diágnóstico evaluado por ambas partes, resolvieron crear el Instituto Regional Italo- Argentino (CAMPANA);

Que dicho Instituto tendrá como objetivo primordial mejorar la calidad de vida de los ciudadanos nativos y/o descendientes de italianos en el Distrito de Campana; promover la cultura Italiana, los sentimientos de amistad y respecto entre argentinos e italianos, realizar alianzas estratégicas con diferentes organizaciones públicas y privadas; fomentar la realización de talleres, jornadas y encuentros académicos; promover proyectos con sistemas sustentables y toda otra forma de actividad que permita fomentar las relaciones entre Instituciones ITALIANAS y ARGENTINAS manteniendo el permanente intercambio entre ambos países;

Que ambas partes asumen el compromiso mancomunado de colaboración, articulación y cooperación mutua, así como el otorgamiento de apoyo técnico-económico para llevar a cabo trabajos interinstitucionales y en donde se instrumenten  Anexos  Convencionales  y  Temáticos,  para ello  se creará un CONSEJO INSTITUCIONAL y un EQUIPO DE ASESORES ADJUNTOS con la finalidad de lograr los objetivos y desarrollo del INSTITUTO REGIONAL ITALO-ARGENTINO (CAMPANA);

Que en virtud de lo dispuesto en el artículo 41 del Decreto-Ley N° 6769/58 (Ley Orgánica de Municipalidades) (t.v.), corresponde al Honorable Concejo Deliberante autorizar consorcios, cooperativas, convenios y acogimientos a las leyes provinciales o nacionales; y

Que a fs. 8/8 vlta., la Secretaría de Gabinete; la Dirección de Control de Técnica Legislativa; y la Dirección General de Asuntos Legales, manifiestan que no tienen objeciones que formular respecto al Proyecto de Ordenanza obrante a fs. 5/7;

POR ELLO:

                              EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA LA SIGUIENTE:

O R D E N A N Z A

ARTÍCULO 1°.- Autorízase al Departamento Ejecutivo a suscribir, el Acta Protocolo y Anexo I, cuyo modelo luce a fs. 2/4 del expediente N° 4016-34937/16, con el Vice Consulado Honorario de Italia, correspondiente a esta circunscripción consular por medio de la cual se resuelve crear el INSTITUTO REGIONAL ITALO ARGENTINO (CAMPANA) y el CONSEJO INSTITUCIONAL y un EQUIPO DE ASESORES ADJUNTOS, en un todo de acuerdo con lo estipulado en la documentación consignada precedentemente, obrante en dicho expediente.-

ARTICULO 2º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los 24 días del mes de noviembre de 2016.-

CRISTINA G. DEL MARMOL                                            SERGIO D. ROSES

               SECRETARIA                                                              PRESIDENTE

Honorable Concejo Deliberante                                  Honorable Concejo Deliberante

Campana, 15  de diciembre de  2016

Promulgada  por Decreto  Nº 1501  del día  de la fecha. Cúmplase. Regístrese y Publíquese.

      Dr.  ABEL SANCHEZ NEGRETE                                         SEBASTIAN ABELLA                        

               Secretario Técnico,                                                           Intendente Municipal

              Administrativo y Legal

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