Ordenanza: 6574
Año: 2016
Fecha de Sanción: 06-12-2016
Fecha de Promulgación: 21-12-2016
Incorporando artículos a la Ordenanza Nº 6504 referente a la adhesión de la Municipalidad de Campana a la Ley Nº 13.927 y en consecuencia a la Ley Nacional de Tránsito Nº 24.449.-
VISTO:
Las Leyes Provinciales N° 11.430 y 13.927; la Ordenanza Municipal N° 3258; las Leyes Nacionales N° 24.449 y 26.363; el Decreto Provincial N° 4103/95; y el Decreto–Ley Nº 6.769/58 (Ley Orgánica de Municipalidades) (t.v.); y el expediente N° 4016-31.755/2016; y la Ordenanza Municipal Nº 6504; y
CONSIDERANDO:
Que la Municipalidad de Campana mediante la Ordenanza Nº 6504 se adhirió a la Ley Provincial N° 13927, y consecuentemente a la Ley Nacional de Tránsito N° 24449 y Ley Nacional de Tránsito y Seguridad Vial N° 26.363;
Que en ese sentido y conforme lo establece el artículo 34º de la Ley Nº 24.449 y su correspondiente reglamentación – artículo 34º, inciso 1º del Anexo I del Decreto Nº 779/95, modificado por el artículo 39º del Anexo I del Decreto Nº 1716/08 -, todos los vehículos que integran las categorías L, M, N, y O para poder circular por la vía pública, deberán tener aprobada la Revisión Técnica Obligatoria (RTO), siendo necesario acreditarse las revisiones, obligatoriamente mediante el respectivo Certificado de Revisión Técnica (CRT);
Que la Ciudad de Campana, en el marco de las acciones que vienen desarrollando en materia de Seguridad Vial, tendiente a reducir la siniestralidad vial dentro de su territorio, entiende necesario avanzar fuertemente en la implementación coordinada del Sistema de Revisión Técnica Obligatoria en su ámbito jurisdiccional, en beneficio de los ciudadanos y usuarios de la vía pública.;
Que la Ley Nacional de Tránsito 24.449 en el artículo 5 define como autoridad Jurisdiccional: la del Estado Nacional, Provincial o Municipal;
Que de acuerdo a lo establecido por el Decreto Nº 1716/08, Anexo I artículo 39 Inciso 7, la Autoridad Jurisdiccional de las categorías L, M, N y O, es la que corresponde a su lugar de radicación y en consonancia, de acuerdo al Inciso 8 del citado Anexo, los vehículos radicados en la misma deberán realizar la Revisión Técnica Obligatoria en los Talleres que funcionen bajo su órbita;
Que el Decreto Nº 1716/08 Anexo I artículo Inciso 13, determina que la Autoridad Jurisdiccional deberá arbitrar los medios necesarios para poner en funcionamiento el Sistema de Revisión Técnica Obligatoria; y
Que el Decreto Nº 1716/08 Anexo I artículo 39 Inciso 19, establece que la Autoridad Jurisdiccional deberá proveer la oblea y certificado correspondiente;
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA LA SIGUIENTE:
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º.- Incorpórense a la Ordenanza N° 6504, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 28 de julio de 2016, los siguientes artículos:
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ARTÍCULO 3°: Impleméntese la Revisión Técnica Obligatoria a todos los vehículos de uso particular categoría M1 y L1, taxis y remises, transporte escolar, radicados en la Ciudad de Campana a partir de la sanción de la presente Ordenanza.-
ARTÍCULO 4°: La misma será llevada a cabo en el Centro de Revisión Técnica que el Departamento Ejecutivo Municipal habilite a tal efecto.- ARTÍCULO 5°: Autorízase al Departamento Ejecutivo a realizar por vía reglamentaria todas las proyecciones normativas necesarias para la efectiva implementación de la presente Ordenanza.-”.- |
ARTICULO 2°.- Manténgase vigente lo dispuesto en los artículos 1° y 2° de la Ordenanza mencionada en el artículo anterior.-
ARTICULO 3º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los 6 días del mes de diciembre de 2016.-
CRISTINA G. DEL MARMOL LUIS RICARDO GÓMEZ
SECRETARIA VICEPRESIDENTE 1º
Honorable Concejo Deliberante Honorable Concejo Deliberante
Campana, 21 de diciembre de 2016
Promulgada por Decreto Nº 1593 del día de la fecha. Cúmplase. Regístrese y Publíquese.
Dr. ABEL SANCHEZ NEGRETE SEBASTIAN ABELLA
Secretario Técnico, Intendente Municipal
Administrativo y Legal
REGISTRADA BAJO N° 6574