Ordenanza: 6603
Año: 2017
Fecha de Sanción: 20-04-2017
Fecha de Promulgación: 02-05-2017
Convenio Repavimentación y ensanche de la Av. Rivadavia
VISTO:
El Decreto-Ley 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.); y el expediente Nº 4016-38.483/2017; y
CONSIDERANDO:
Que a fs. 2/3 luce modelo del Convenio a celebrarse entre el Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos de la Provincia de Buenos Aires y la Municipalidad de Campana;
Que el mismo tiene por objeto fijar pautas y coordinar acciones conducentes a canalizar un subsidio para materializar obras de Infraestructura;
Que dicho subsidio será destinado a financiar la ejecución de la obra “Repavimentación y Ensanche de la Avda. Rivadavia entre Ruta Nacional Nº 9 y la calle Pellet”, de la ciudad de Campana;
Que es decisión del Gobierno de la Provincia de Buenos Aires adoptar todas las medidas orientadas a generar condiciones sociales que contribuyan al bienestar general de los habitantes y por tal motivo se ha considerado esencial prestar colaboración a los distintos Municipios de la Provincia, en todos aquellos proyectos de obras y Servicios Públicos que resulten de Interés Social;
Que en virtud de lo normado en el art. 41 del Decreto – Ley 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.) corresponde al Honorable Concejo Deliberante autorizar consorcios, cooperativas, convenios y acogimientos a las Leyes provinciales o nacionales; y
Que a fs. 6/6 vlta. la Jefatura de Gabinete; la Secretaría Técnica Administrativa y Legal; y la Dirección General de Asuntos Jurídicos y Administrativos dictaminan que no poseen objeciones que formular al respecto;
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA LA SIGUIENTE:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º.- Autorízase al Departamento Ejecutivo a suscribir un Convenio con el Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos de la Provincia de Buenos Aires, por el cual dicho Ministerio otorgará a la Municipalidad de Campana en concepto de subsidio, la suma de Pesos Treinta y Nueve Millones Novecientos Sesenta y Tres Mil Quinientos Cincuenta y Cinco con Ochenta y Nueve Centavos ($ 39.963.555,89), destinada a financiar la ejecución de la obra “Repavimentación y Ensanche de la Avda. Rivadavia entre Ruta Nacional Nº 9 y la calle Pellet”, de la ciudad de Campana, cuyo modelo luce a fs. 2/3 del expediente N° 4016-38.483/17.-
ARTICULO 2º.- Dispónese, cuando el Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos de la Provincia de Buenos Aires elabore el proyecto correspondiente para la obra “Repavimentación y Ensanche de la Avda. Rivadavia entre Ruta Nacional Nº 9 y calle Pellet”, se convoque al Honorable Concejo Deliberante, a los fines de tomar conocimiento y realizar aportes para la ejecución de la obra mencionada, los cuales no serán vinculantes para el Departamento Ejecutivo.-
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo, a sus efectos.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los 20 días del mes de abril de 2017.-
CRISTINA G. DEL MARMOL SERGIO D. ROSES
SECRETARIA PRESIDENTE
Honorable Concejo Deliberante Honorable Concejo Deliberante
Campana, 2 de mayo de 2017
Promulgada por Decreto Nº 0385 del día de la fecha. Cúmplase. Regístrese y Publíquese.
Dr. ABEL SANCHEZ NEGRETE SEBASTIAN ABELLA
Secretario Técnico, Intendente Municipal
Administrativo y Legal
REGISTRADA BAJO N° 6603