DIGESTO

Expediente N°6611

Ordenanza: 6611
Año: 2017
Fecha de Sanción: 04-05-2017
Fecha de Promulgación: 08-05-2017
Resumen

Convenio SAME PROVINCIA

VISTO:

El Decreto-Ley 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.); y el Expediente Nº 4016-38.775/2017; y

CONSIDERANDO:

Que a fs. 2/7 luce modelo del Convenio de Colaboración y Adhesión para la implementación del Servicio de Atención Médica de Emergencias de la Provincia de buenos Aires “SAME PROVINCIA”, a celebrarse entre el Ministerio de Salud de la Provincia de buenos Aires y la Municipalidad de Campana;

Que el mismo tiene por objeto desarrollar acciones conjuntas, tendientes a implementar en el Municipio de Campana el Servicio de Atención Médicas de Emergencia de la Provincia de Buenos Aires;

Que en virtud de lo normado en el Art. 41 del Decreto – Ley 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.); corresponde al Honorable Concejo deliberante autorizar consorcios, cooperativas, convenios y acogimientos a las Leyes provinciales o nacionales; y

Que a fs. 11/12 la Jefatura de Gabinete; la Secretaría de Economía y Hacienda; y la Dirección General de Asuntos Jurídicos y Administrativos, dictaminan que no poseen objeciones que formular respecto al Proyecto de Ordenanza obrante a fs. 9/10;

POR ELLO:                                                

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA LA SIGUIENTE:

O R D E N A N Z A:

ARTÍCULO 1º.- Autorízase al Departamento Ejecutivo a celebrar el Convenio de Colaboración y Adhesión para la implementación del Servicio de Atención Médica de Emergencias de la Provincia de Buenos Aires “SAME PROVINCIA”, cuyo modelo luce a fs. 2/7 del Expediente Nº 4016-38.775/17, entre el Ministerio de Salud de la provincia de Buenos Aires y la Municipalidad de Campana, el cual tiene por objeto desarrollar acciones conjuntas tendientes a implementar en el Municipio de Campana el Servicio de Atención Médicas de Emergencia de la Provincia de Buenos Aires.-

ARTICULO 2º.- Autorízase al Departamento Ejecutivo a suscribir los Protocolos Adicionales a los que alude la Cláusula Décima del Convenio, cuya celebración se autoriza en el artículo anterior.-

ARTICULO 3º.-       Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los 04 días del mes de mayo de 2017.-

CRISTINA G. DEL MARMOL                                            SERGIO D. ROSES

               SECRETARIA                                                                           Presidente

Honorable Concejo Deliberante                                  Honorable Concejo Deliberante

Campana, 8  de mayo de  2017

Promulgada  por Decreto  Nº 0401  del día  de la fecha. Cúmplase. Regístrese y Publíquese.

      Dr.  ABEL SANCHEZ NEGRETE                                         SEBASTIAN ABELLA                        

               Secretario Técnico,                                                           Intendente Municipal

              Administrativo y Legal

REGISTRADA BAJO N° 6611