Ordenanza: 6611
Año: 2017
Fecha de Sanción: 04-05-2017
Fecha de Promulgación: 08-05-2017
Resumen
Convenio SAME PROVINCIA
VISTO:
El Decreto-Ley 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.); y el Expediente Nº 4016-38.775/2017; y
CONSIDERANDO:
Que a fs. 2/7 luce modelo del Convenio de Colaboración y Adhesión para la implementación del Servicio de Atención Médica de Emergencias de la Provincia de buenos Aires “SAME PROVINCIA”, a celebrarse entre el Ministerio de Salud de la Provincia de buenos Aires y la Municipalidad de Campana;
Que el mismo tiene por objeto desarrollar acciones conjuntas, tendientes a implementar en el Municipio de Campana el Servicio de Atención Médicas de Emergencia de la Provincia de Buenos Aires;
Que en virtud de lo normado en el Art. 41 del Decreto – Ley 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.); corresponde al Honorable Concejo deliberante autorizar consorcios, cooperativas, convenios y acogimientos a las Leyes provinciales o nacionales; y
Que a fs. 11/12 la Jefatura de Gabinete; la Secretaría de Economía y Hacienda; y la Dirección General de Asuntos Jurídicos y Administrativos, dictaminan que no poseen objeciones que formular respecto al Proyecto de Ordenanza obrante a fs. 9/10;
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA LA SIGUIENTE:
O R D E N A N Z A:
ARTÍCULO 1º.- Autorízase al Departamento Ejecutivo a celebrar el Convenio de Colaboración y Adhesión para la implementación del Servicio de Atención Médica de Emergencias de la Provincia de Buenos Aires “SAME PROVINCIA”, cuyo modelo luce a fs. 2/7 del Expediente Nº 4016-38.775/17, entre el Ministerio de Salud de la provincia de Buenos Aires y la Municipalidad de Campana, el cual tiene por objeto desarrollar acciones conjuntas tendientes a implementar en el Municipio de Campana el Servicio de Atención Médicas de Emergencia de la Provincia de Buenos Aires.-
ARTICULO 2º.- Autorízase al Departamento Ejecutivo a suscribir los Protocolos Adicionales a los que alude la Cláusula Décima del Convenio, cuya celebración se autoriza en el artículo anterior.-
ARTICULO 3º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los 04 días del mes de mayo de 2017.-
CRISTINA G. DEL MARMOL SERGIO D. ROSES
SECRETARIA Presidente
Honorable Concejo Deliberante Honorable Concejo Deliberante
Campana, 8 de mayo de 2017
Promulgada por Decreto Nº 0401 del día de la fecha. Cúmplase. Regístrese y Publíquese.
Dr. ABEL SANCHEZ NEGRETE SEBASTIAN ABELLA
Secretario Técnico, Intendente Municipal
Administrativo y Legal
REGISTRADA BAJO N° 6611