Ordenanza: 6626
Año: 2017
Fecha de Sanción: 03-08-2017
Fecha de Promulgación: 18-08-2017
Resumen
Prorroga de la Emergencia en Servició Público de Transporte de Colectivos de Pasajeros
CONSIDERANDO:
Que en el obran los antecedentes de la Declaración del Estado de Emergencia en la Prestación del Servicio Público de Transporte Colectivo de Pasajero en Jurisdicción del Partido de Campana, prorrogado por Ordenanzas Nº 5871/12; 6043/13; 6157/14; 6242/14; 6389/15 y 6554/16 la que, en su artículo 1º, declara la continuidad del mismo hasta el 30 de abril de 2017;
Que a fs. 3848/3850 del Expediente Nº 4016-1931/98 cuerpo 21 obra copia de la Ordenanza Nº 6554/16 mediante la cual se establece la prórroga del plazo establecido hasta el 30 de abril de 2017, para que el Departamento Ejecutivo efectúe los llamados a Licitación Pública que estime convenientes a fin de cubrir el Servicio Público de Transporte de Pasajeros en la Jurisdicción del Partido de Campana, con cuya adjudicación y real inicio de la prestación del mismo, se dará por concluido el Estado de Emergencia dispuesto oportunamente;
Que habiéndose vencido el plazo establecido de conformidad con la Ordenanza Nº 6554/16, resulta necesario prorrogar el Estado de Emergencia mencionado, hasta el 30 de abril de 2018;
Que el Estado Municipal no permanece indiferente ante la problemática que representa la prestación del Servicio Público de Transporte de Pasajeros para la comunidad y por lo tanto debe arbitrar los medios conducentes a lograr que este servicio público continúe prestándose de manera ininterrumpida en beneficio de la clase trabajadora;
Que resulta necesario contemplar la puesta en valor de calles que se está llevando a cabo, para el trazado de nuevos recorridos, con lo cual se logrará una mejor y más fluida circulación del transporte público de pasajeros y a la vez mejorar y transformar el entorno de los barrios mejorando la calidad de vida de los habitantes;
Que en virtud de lo normado en los arts. 53, 230 y concordantes del Decreto – Ley Nº 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.), todo lo relativo a concesiones de servicio público es competencia del Departamento Deliberativo; y
Que a fs. 3876 la Dirección General de Asuntos Jurídicos y Administrativos y la Jefatura de Gabinete, informan que no poseen objeciones que formular respecto al Proyecto de Ordenanza en cuestión;
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA LA SIGUIENTE:
O R D E N A N Z A :
ARTICULO 1º.- Prorrógase el plazo establecido en la Ordenanza Nº 6554, hasta el 30 de abril de 2018, para que Departamento Ejecutivo efectúe los llamados a Licitación Pública que estime convenientes a fin de cubrir el Servicio Público de Transporte de Pasajeros en la Jurisdicción del Partido de Campana, con cuya adjudicación y real inicio de la prestación del mismo, se dará por concluido el Estado de Emergencia dispuesto oportunamente.-
ARTICULO 2º.- Autorízase al Departamento Ejecutivo a realizar las ampliaciones de los recorridos, frecuencia y cantidad de unidades afectadas del garantizar la eficiencia en la prestación del Servicio Transporte Público de Pasajeros, durante el plazo que se mantenga vigente el Estado de Emergencia del Transporte Público de Pasajeros Urbano.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los 03 días del mes de agosto de 2017.-
CRISTINA G. DEL MARMOL SERGIO D. ROSES
SECRETARIA PRESIDENTE
Honorable Concejo Deliberante Honorable Concejo Deliberante
Campana, 18 de agosto de 2017
Promulgada por Decreto Nº 0758 del día de la fecha. Cúmplase. Regístrese y Publíquese.
Dr. ABEL SANCHEZ NEGRETE SEBASTIAN ABELLA
Secretario Técnico, Intendente Municipal
Administrativo y Legal
REGISTRADA BAJO N° 6626