Ordenanza: 6635
Año: 2017
Fecha de Sanción: 24-08-2017
Fecha de Promulgación: 08-09-2017
Reconocimiento de Deuda Vittal Soccoro Medico S.A
VISTO:
El Expediente Nº 4016-38.032/2017; y
CONSIDERANDO:
Que el mismo es promovido por la Secretaría de Salud, con motivo de afrontar el pago de los Servicios de Ambulancias prestada por la Empresa Vittal Socorro Médico Privado S.A., en la Unidad Hospitalaria San José;
Que la factura corresponde a los servicios brindados durante el mes de mayo del año 2016 por lo que, de acuerdo a lo que regula el artículo 140º del Reglamento de Contabilidad y su concordante artículo 54º de las Disposiciones de Administración de los Recursos Financieros y reales para los Municipios aprobadas por Decreto Provincial Nº 2980/00, se ha formado expediente especial en el que se adjuntaron los antecedentes que permiten acreditar la efectiva prestación de los servicios, cuyo pago se pretende;
Que el monto total adeudado asciende a la suma de PESOS CUATROCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE MIL TRECE CON 26/100 ($459.013,26.-);
Que conformado el expediente especial que prevé la citada norma, se han agregado al mismo todas las constancias y documentos que posee la comuna y que permiten fijar con exactitud la real prestación de los servicios cuyo pago se reclama, y por ende, la legitimidad del derecho invocado por el acreedor;
Que a fs. 15/15 vta., tanto la Dirección General de Asuntos Jurídicos y Administrativos, como la Secretaría de Técnica, Administrativa y Legal, no tienen objeciones legales que formular al respecto;
Que a fs. 14, la Secretaría de Economía y Hacienda y la Contaduría Municipal, consignan que no tienen objeciones que formular respecto al Proyecto de Ordenanza obrante a fs. 3;
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA LA SIGUIENTE:
O R D E N A N Z A :
ARTICULO 1º.- Reconócese la deuda de la Empresa Vittal SOCORRO MEDICO PRIVADO S.A. representada por su Apoderado Nicolás Gamboa, con domicilio legal en Av. Álvarez Thomas Nº 1154, de la Ciudad de Buenos Aires, cuyo importe asciende a la suma de PESOS CUATROCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE MIL TRECE CON VEINTISÉIS CENTAVOS ($459.013,26.-), por los Servicios de Ambulancias prestados a la Unidad Hospitalaria San José, correspondientes al mes de mayo del año 2016, en un todo de acuerdo a lo normado por el artículo 140º del Reglamento de Contabilidad y su concordante artículo 54º de las Disposiciones de Administración de los Recursos Financieros y Reales para los Municipios, aprobadas por Decreto Provincial Nº 2980/00, antecedentes agregados al Expediente Nº 4016-38.032/2017, y según se consigna en la factura que se detalla a continuación:
- Factura B-0012-00006052 de fecha 26/09/2016, por cobertura de servicios de ambulancia del Hospital Municipal San José, por un valor de PESOS CUATROCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE MIL TRECE CON VEINTISÉIS CENTAVOS ($459.013,26).-
ARTICULO 2º.- Establécese que los fondos necesarios para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo anterior se tomarán de la Jurisdicción 1110107000 Servicio de la Deuda Pública, Categoría Programática: 93.00.00 Deuda Flotante, Fuente de Financiamiento: 110 Tesoro Municipal, Partida Presupuestaria 7.6.1.0 Disminución de Cuentas a Pagar, del Presupuesto General de Gastos para el Ejercicio 2017.-
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los 24 días del mes de agosto de 2017.-
CRISTINA G. DEL MARMOL SERGIO D. ROSES
SECRETARIA PRESIDENTE
Honorable Concejo Deliberante Honorable Concejo Deliberante
Campana, 7 de septiembre de 2017
Promulgada por Decreto Nº 0828 del día de la fecha. Cúmplase. Regístrese y Publíquese.
Dr. ABEL SANCHEZ NEGRETE SEBASTIAN ABELLA
Secretario Técnico, Intendente Municipal
Administrativo y Legal
REGISTRADA BAJO N° 6635