DIGESTO

Expediente N°6683

Ordenanza: 6683
Año: 2017
Fecha de Sanción: 04-12-2017
Fecha de Promulgación: 12-12-2017

Prohibición de estacionar y deneterse sobre ambas manos frente al cuartel de Bomberos Voluntarios

VISTO:

El expediente Nº 4016-44.066/17; y

CONSIDERANDO:

Que representa una dificultad para los Bomberos Voluntarios, la salida con los distintos vehículos que utiliza esta Asociación, en situaciones de urgencia, desde donde se halla ubicado el Cuartel en la calle Colón hacia la Avda. Mitre, entorpeciendo las tareas que deben realizar a diario;

Que las razones por las cuales se produce esta situación, se debe al  escaso diámetro de la calle Colón, el cual es de ocho (8) metros, a lo cual se suma el tamaño de los distintos móviles con que cuenta Bomberos y la premura de la salida;

Que los vehículos estacionados sobre mano derecha frente al cuartel y hasta la Avda. Mitre, ocasionan frecuentes situaciones de peligro a conductores y peatones, ante las salidas de emergencias que deben realizar a diario;

Que resulta necesario establecer una zona, donde se prohíba estacionar y detenerse sobre ambas manos de la calle Colón, desde el frente del Cuartel de Bomberos Voluntarios y hasta la Avenida Mitre; y

Que la zona delimitada para tal fin, deberá estar debidamente señalizada, contando para ello con señalamiento horizontal y vertical pertinente, como así también contará con delineadores flexibles y tachas reflectivas, a fin de garantizar la seguridad del cruce;

Que a fs. 5/6, la Jefatura de Gabinete; la Dirección de Técnica Normativa y Legislativa; y la Dirección General de Asuntos Jurídicos y Administrativos, manifiestan que no poseen objeciones que formular, respecto al Proyecto de Ordenanza obrante a fs. 3/ 4;

POR ELLO:

                               EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA LA SIGUIENTE:

O R D E N A N Z A

ARTÍCULO 1º.-   Prohíbese el estacionamiento y detención sobre ambas manos de la calle Colón Nº 350, desde el frente del Cuartel de Bomberos Voluntarios y hasta su intersección con la Avenida Mitre de la Ciudad de Campana.-

ARTICULO 2º.- Autorízase al Departamento Ejecutivo a implementar el señalamiento horizontal y vertical pertinente, mas delineadores flexibles y tachas reflectivas, en la zona mencionada en el artículo 1º.-

ARTICULO 3º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los 4 días del mes de diciembre de 2017.-

CRISTINA G. DEL MARMOL                                            SERGIO D. ROSES

               SECRETARIA                                                              PRESIDENTE

Honorable Concejo Deliberante                                  Honorable Concejo Deliberante

 

Campana, 12 de diciembre de 2017

Promulgada por Decreto Nº 1272 del día de la fecha. Cúmplase. Regístrese y Publíquese.

      Dr.  ABEL SANCHEZ NEGRETE                                         SEBASTIAN ABELLA                         

               Secretario Técnico,                                                  Intendente Municipal

              Administrativo y Legal

REGISTRADA BAJO N° 6683