DIGESTO

Expediente N°6695

Ordenanza: 6695
Año: 2017
Fecha de Sanción: 04-12-2017
Fecha de Promulgación: 12-12-2017

Autorízase al Departamento Ejecutivo a suscribir con el Ministerio de Agroindustria Convenio Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires Municipalidad de Campana.

VISTO:

El Decreto-Ley Nº 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.); y el expediente Nº 4016-41650/17; y

CONSIDERANDO:

Que es intención de la Secretaría de Salud, a través de la Dirección de Bromatología y Zoonosis, organizar y poner en marcha los servicios de inspectoría y auditoria referidos a contralor de productos alimenticios de establecimientos comerciales e industriales, para garantizar el cumplimiento de las normas vigentes referidas a la inocuidad de los alimentos conforme a la capacidad operativa establecida en el artículo 5° del Decreto N° 2697/05;

Que a fin de dar cumplimiento a lo manifestado precedentemente, resulta necesario formalizar el correspondiente convenio de adhesión a la Ley 13230, en base a los términos del decreto 2697/05, que reglamenta la aplicación del Código Alimentario Argentino en los Municipios de la Provincia de Buenos Aires;

Que el fin previsto por el Municipio mediante la firma del referido convenio es organizar y poner en marcha los servicios de inspectoría y auditoria referidos a contralor de productos alimenticios de establecimientos comerciales e industriales;

Que tal como surge de fs. 2, con fecha 23 de octubre de 2017, se evaluaron las planillas de relevamiento tramitadas por el expediente N° 22500-43258/17 y la Comisión de Vinculación se expidió con dictamen favorable para la suscripción del Convenio de Vinculación instituido por el artículo 3 de la Ley 13230;

Que la comisión de vinculación efectúa una serie de recomendaciones al Municipio de Campana, solicitando la remisión a esa coordinación de fotocopia legalizada de la Ordenanza Municipal y Decreto Municipal promulgatorio, donde se autoriza al Intendente a suscribir el convenio referido;

Que en virtud de lo normado en el artículo 41 Decreto – Ley Nº 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v), corresponde al Departamento Deliberativo autorizar consorcios, cooperativas, convenios y acogimientos a las leyes provinciales o nacionales; y

Que de acuerdo a lo actuado a fs. 7/7 vlta. y 8, por la Jefatura de Gabinete y por la Dirección de Control de Técnica Normativa y Legislativa; y por la Dirección General de Asuntos Jurídicos y Administrativos, respectivamente, no existen objeciones que formular respecto al Proyecto en cuestión;

POR ELLO:

                               EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA LA SIGUIENTE:

O R D E N A N Z A

 

ARTÍCULO 1º.-   Autorízase al Departamento Ejecutivo a suscribir con el Ministerio de Agroindustria y con el Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires, el Convenio de Vinculación instituido por el artículo 3º de la Ley 13230, cuyo proyecto luce a fs. 3 del expediente municipal N° 4016-41650-2017, mediante el cual el Municipio adhiere a la Ley 13230, en base a los términos del Decreto Nº 2697/05 que reglamenta la aplicación del Código Alimentario Argentino en los Municipios de la Provincia de Buenos Aires, cuyo objeto consiste en la ejecución de las tareas de trámites administrativos, analíticas, de capacitación y de fiscalización, para garantizar el cumplimiento de las norma vigentes referidas a la inocuidad de los alimentos conforme a la capacidad operativa establecida en el artículo 5° de dicho Decreto.-

ARTICULO 2º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los 4 días del mes de diciembre de 2017.-

CRISTINA G. DEL MARMOL                                            SERGIO D. ROSES

               SECRETARIA                                                              PRESIDENTE

Honorable Concejo Deliberante                                  Honorable Concejo Deliberante

Campana, 12 de diciembre de 2017

Promulgada por Decreto Nº 1286 del día de la fecha. Cúmplase. Regístrese y Publíquese.

      Dr.  ABEL SANCHEZ NEGRETE                                         SEBASTIAN ABELLA                        

               Secretario Técnico,                                                  Intendente Municipal

              Administrativo y Legal

REGISTRADA BAJO N° 6695