Ordenanza: 6701
Año: 2017
Fecha de Sanción: 04-12-2017
Fecha de Promulgación: 12-12-2017
Revocación y Donación de Inmuebles a varias organizaciones
VISTO:
El Decreto-Ley Nº 9533/80, las Ordenanzas Nº 6124/2013 y Nº 6600/2017; y el expediente Nº 4016-167/17; y
CONSIDERANDO:
Que mediante nota obrante a fs. 1, autoridades de la Asociación “Unión Vecinal Barrio Los Pioneros”, solicitan la Cesión de una parte del predio designado catastralmente como: Circunscripción II, Sección T, Quinta 105, Parcela 1, ubicado en la esquina de las calles Gabino Cuelli y Eugenio Maffeis;
Que asimismo, manifiestan que actualmente están desempeñando sus actividades en una porción de dicho terreno, el cual fue donado por la Municipalidad de Campana al Obispado de Zárate-Campana, mediante la Ordenanza Nº 6124/2013, para la construcción de una Capilla, la vivienda del cura Párroco y aulas de usos múltiples; e informan que de acuerdo a lo conversado en la última reunión que mantuvieron el pasado 19 de mayo, donde participaron miembros de dicha Comisión, el Padre Ariel Pérez en representación del Obispado, el Sr. Sergio Roses y el Señor Intendente Municipal, se realizó un mutuo acuerdo para disponer de 400 m. (20 m. de frente x 20 m. de fondo sobre la calle Maffeis) del mencionado terreno;
Que dicha entidad desde hace cinco años trabaja en pos de mejorar las condiciones de convivencia y calidad de vida del barrio;
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos y Administrativos; la Secretaría Técnica Administrativa y Legal; y la Jefatura de Gabinete no han emitido objeciones de carácter legal y/o administrativos al respecto;
Que la Dirección de Catastro e Información Geográfica en su informe de fs. 4 certifica que el inmueble identificado catastralmente como Circunscripción II, Sección T, Quinta 105, Parcela 1, fue cedido como Reserva Fiscal por Plano de mensura característica 14-24-76, inscripto a favor de la Municipalidad de Campana, según Matrícula Nº 32569;
Que de acuerdo a lo establecido en el artículo 2º del Decreto-Ley Nº 9533/80, dicho inmueble constituye un bien de dominio municipal por lo que el Municipio puede fijar el destino de orden comunitario a conferirle; y
Que teniendo en cuenta la finalidad a la que ha de ser destinado, se ha estimado oportuno acceder a lo peticionado;
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA LA SIGUIENTE:
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º.- Revócase la donación de una parte del inmueble designado catastralmente como: Cricunscripción II, Sección T, Quinta 105, Parcela 1, ubicado en la esquina de las calles Gabino Cueli y Eugenio Maffeis, con VEINTE METROS (20m.) sobre la calle G. Cueli y SETENTA Y UN METROS con CINCUENTA CENTÍMETROS (71,50 m.) sobre la calle E. Maffeis, con la ochava correspondiente, lo que significa una superficie total de MIL CUATROCIENTOS VEINTICUATRO METROS CUADRADOS CON SEISCIENTOS TREINTA Y CINCO CENTÍMETROS CUADRADOS (1424,635 m2.), al Obispado Zárate-Campana, con destino a la construcción de una Capilla, la vivienda del cura Párroco y aulas de usos múltiples, efectuada por la Ordenanza Nº 6124/2013 (texto vigente según Ordenanza Nº 6660), por resultar oportuno y conveniente para ambas instituciones.-
ARTICULO 2º.- Dónase al Obispado de Zárate-Campana, una parte del inmueble designado catastralmente como Circunscripción II, Sección T, Quinta 105, Parcela 1, ubicado en la esquina de las calles Gabino Cueli y Eugenio Maffeis, con VEINTE METROS (20 m.) sobre la calle G. Cuellio y CINCUENTA Y UN METROS CON CINCUENTA CENTÍMETROS (51,50 m.) sobre la calle E. Maffeis, con la ochava correspondiente, lo que significa una superficie total de MIL VEINTICUATRO METROS CUADRADOS CON SEIS MIL TRESCIENTOS CINCUENTA CENTÍMETROS CUADRADOS (1024,6350 m2.), según el croquis que como Anexo I forma parte de la presente, que será perfeccionado con el plano de subdivisión a confeccionar, con destino a la construcción de una Capilla, la vivienda del cura Párroco y aulas de usos múltiples.-
ARTICULO 3º.- Dónase a la Unión Vecinal Barrio Los Pioneros – Legajo 194647 – Matrícula 39499, una parte del inmueble designado catastralmente como Circunscripción II, Sección T, Quinta 105, Parcela 1, ubicado a CINCUENTA Y UN METROS CON CINCUENTA CENTÍMETROS (51,50 m.) de la calle Gabino Cueli, que mide VEINTE METROS (20 m.) sobre la calle Eugenio Maffeis por VEINTE METROS (20 m.) de fondo, lo que significa una superficie total de CUATROCIENTOS METROS CUADRADOS (400 m2.), según el croquis que como Anexo II forma parte de la presente, que será perfeccionado con el plano de subdivisión a confeccionar, con destino a la construcción de una sede y/o salón social-comunitario de usos múltiples.-
ARTICULO 4º.- Otórgase al Obispado de Zárate-Campana un plazo de UN (1) año para el inicio de las obras indicadas en el artículo 2º y de TRES (3) años para su finalización, contados a partir de la fecha de notificación de la presente Ordenanza.-
ARTICULO 5º.- Otórgase a la Unión Vecinal Barrio Los Pioneros un plazo de UN (1) año para el inicio de las obras indicadas en el artículo 3º y de TRES (3) años para su finalización, contados a partir de la fecha de notificación de la presente Ordenanza.-
ARTICULO 6º.- el incumplimiento por parte de la donataria de los plazos conferidos en los artículos 2º y 3º, dará lugar a la caducidad automática de las donaciones que se efectúan por la presente, sin derecho a reclamo alguno de su parte, retomando el Municipio la posesión del inmueble en el estado en que se encuentre y con todo lo en él edificado y adherido al suelo, sin obligación de compensar o indemnizar las mejoras introducidas.-
ARTICULO 7º.- Las escrituras traslativas de dominio serán tramitadas una vez finalizadas las obras que se aluden en los artículos 2º y 3º, ante la Escribanía General de Gobierno.-
ARTICULO 8º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los 4 días del mes de diciembre de 2017.-
CRISTINA G. DEL MARMOL SERGIO D. ROSES
SECRETARIA PRESIDENTE
Honorable Concejo Deliberante Honorable Concejo Deliberante
Campana, 12 de diciembre de 2017
Promulgada por Decreto Nº 1297 del día de la fecha. Cúmplase. Regístrese y Publíquese.
Dr. ABEL SANCHEZ NEGRETE SEBASTIAN ABELLA
Secretario Técnico, Intendente Municipal
Administrativo y Legal
REGISTRADA BAJO N° 6701