896,1966,1966-12-23,1966-12-23,ARTÍCULO 1º.- Exímese al Banco Hipotecario Nacional del pago de los derechos de construcción previstos en el Título II “ Edificación” de la Ordenanza Impositiva vigente, correspondiente a la construcción de viviendas en el solar donado por la Municipalidad sito en Avenida Mitre entre Ruta Nº 12 y calle Santiago del Estero , según constancias obrantes en el expediente Nº 26031/66 y toda otra futura construcción análoga que dicha Entidad realice dentro del desarrollo de su plan de viviendas por “ Acción Directa” . ARTÍCULO 2º.- Cúmplase, regístrese, publíquese en el Boletín Oficial y a sus efectos, vuelva a la Municipalidad recurrente.-