Ordenanza: 6710
Año: 2018
Fecha de Sanción: 27-12-2017
Fecha de Promulgación: 11-01-2018
Convenio CUCEI Municipalidad de Campana
VISTO:
El Decreto–Ley Nº 6.769/1958 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.); el expediente Nº 4016-26.747/1997; y
CONSIDERANDO:
Que en esas actuaciones lucen los antecedentes de distintos actos administrativos por medio de los cuales se contrató a la Cámara Unión del Comercio e Industria – Campana (C.U.C.E.I.), con domicilio en Avda. Ing. A. Rocca Nº 171, de esta Ciudad para la cobranza en sus ventanillas, de los importes de las facturas emitidas por el Municipio, correspondientes a diferentes tasas municipales;
Que de común acuerdo este Municipio y la Cámara Unión del Comercio e Industria- Campana (C.U.C.E.I.) propician celebrar un Convenio, cuyo Proyecto obra a fs. 705/706 del expediente N° 4016-26.747/1997, cuya vigencia comprende el período desde el 1° de enero de 2017 hasta el 31 de diciembre de ese mismo año, ambas fechas inclusive;
Que a fs. 711 se agrega el Decreto Nº 0276/2017 mediante el cual se dispuso la suscripción del Convenio con la Cámara Unión del Comercio e Industria- Campana (C.U.C.E.I.) durante dicho período, el cual fue suscripto “Ad-Referéndum” de su convalidación por parte del Honorable Concejo Deliberante;
Que a fs. 712/713 se adjunta Convenio suscripto con fecha 15 de junio de 2017;
Que en virtud de lo normado en el artículo 41° del Decreto-Ley Nº 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.), corresponde que intervenga el Departamento Deliberativo; y
Que de acuerdo a lo actuado a fs. 731/732 por la Jefatura de Gabinete; por la Dirección de Técnica Normativa y Legislativa y por la Dirección General de Asuntos Jurídicos y Administrativos, no existen objeciones que formular, respecto al Proyecto de Ordenanza obrante a fs. 729/729 vlta.;
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA LA SIGUIENTE:
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º.- Convalídase en todas sus partes el Decreto N° 0276 de fecha 28 de marzo de 2017, cuya copia obra a fs. 711 del expediente N° 4016-26.747/1997, mediante el cual se dispone la suscripción del Convenio con la CÁMARA UNIÓN DEL COMERCIO E INDUSTRIA – CAMPANA (C.U.C.E.I.) cuya copia luce a fs. 705/706 del mencionado expediente, en el que se acuerda que la citada entidad en el inmueble sito en Avda. Ing. A. Rocca Nº 171, de esta Ciudad, realice la cobranza de los importes de las facturas emitidas por “LA MUNICIPALIDAD”, correspondientes a los gravámenes que se encuentran especificados en la Cláusula 1° de dicho Convenio, durante el período comprendido desde el 1º de enero de 2017 hasta el 31 de diciembre de 2017 inclusive.-
ARTICULO 2º.- Convalídase en todas sus partes el Convenio celebrado con la CÁMARA UNIÓN DEL COMERCIO E INDUSTRIA – CAMPANA (C.U.C.E.I.), de fecha 15 de junio de 2017, cuya copia obra a fs. 712/713 del expediente N° 4016-26.747/1997.-
ARTICULO 3º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los 27 días del mes de diciembre de 2017.-
CRISTINA G. DEL MARMOL SERGIO D. ROSES
SECRETARIA PRESIDENTE
Honorable Concejo Deliberante Honorable Concejo Deliberante
Campana, 11 de enero de 2018
Promulgada por Decreto Nº 0053 del día de la fecha. Cúmplase. Regístrese y Publíquese.
Dr. ABEL SANCHEZ NEGRETE SEBASTIAN ABELLA
Secretario Técnico, Intendente Municipal
Administrativo y Legal
REGISTRADA BAJO N° 6710