Ordenanza: 6716
Año: 2018
Fecha de Sanción: 15-02-2017
Fecha de Promulgación: 19-02-2018
Contrato Provincia Leasing/Municipalidad de Campana
VISTO:
El Decreto-Ley Nº 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.); y el expediente Nº 4016-17.613/2014 – Alcance I; y
CONSIDERANDO:
Que en el mismo obran las tramitaciones realizadas con el propósito de celebrar Contratos de Locación con opción de compra bajo la modalidad de contratos de leasing con Provincia LEASING S.A., sociedad con participación mayoritaria del Banco Provincia de Buenos Aires, en forma de contratación directa, de conformidad a lo establecido por el artículo 156, inciso 2 del Decreto-Ley Nº 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires) (t.v.);
Que los bienes objeto de tales contrataciones estarán destinados al equipamiento municipal;
Que la Secretaría de Economía y Hacienda por motivos de conveniencia económica y de oportunidad estima necesario realizar un nuevo contrato de leasing, manifiesta que el importe total respecto de los bienes que se pretenden adquirir mediante dicha operatoria asciende a PESOS TRECE MILLONES ($ 13.000.000.-), el indicado importe representa una estimación económica del gasto previsto actualizado y en moneda Nacional, teniendo en cuenta asimismo las variaciones futuras del mercado calculadas al momento de efectuarse la adquisición de los bienes en cuestión, adjuntando informe detallado de la Secretaría de Descentralización a fs. 434, Cotización a fs. 437/441; y
Que de acuerdo a lo actuado a fs. 446/447 por la Jefatura de Gabinete y la Dirección General de Asuntos Jurídicos y Administrativos, no existen objeciones que formular respecto del Proyecto de Ordenanza obrante a fs. 442/444;
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA LA SIGUIENTE:
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1º.- Autorízase al Departamento Ejecutivo a formalizar Contratos de Locación con opción de Compra bajo la modalidad de contratos de leasing con PROVINCIA LEASING S.A., sociedad con participación mayoritaria del Banco Provincia de Buenos Aires, en forma de contratación directa, por un importe total de PESOS TRECE MILLONES ($ 13.000.000.-), importe que representa una estimación económica del gasto previsto actualizado y en moneda Nacional, de conformidad a lo establecido por el artículo 156, inciso 2 del Decreto-Ley Nº 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires) (t.v.).-
ARTICULO 2º.- Establécese que los bienes objeto de tales contrataciones que se individualizan en detalle que como Anexo I, forma parte integrante de la presente Ordenanza, estarán destinados a la prestación de los servicios públicos a su cargo.-
ARTICULO 3º.- Dispónese que las contrataciones se formalizarán conforme al plazo, estipulaciones contractuales y demás normas generales complementarias que PROVINCIA LEASING S.A., tiene implementadas para ese tipo de operatoria.-
ARTICULO 4º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los 15 días del mes de febrero de 2018.-
Dra. ROMINA M. CARRIZO SERGIO D. ROSES
Secretaria “Ad-Hoc” PRESIDENTE
HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE Honorable Concejo Deliberante
Campana, 19 de febrero de 2018
Promulgada por Decreto Nº 0182 del día de la fecha. Cúmplase. Regístrese y Publíquese.
Dr. ABEL SANCHEZ NEGRETE SEBASTIAN ABELLA
Secretario Técnico, Intendente Municipal
Administrativo y Legal
REGISTRADA BAJO N° 6716