Ordenanza: 6783
Año: 2018
Fecha de Sanción: 20-09-2018
Fecha de Promulgación: 04-10-2018
Exímese al SINDICATO DEL PERSONAL DE EMPRESAS PARTICULARES DE PETROLEO, GAS DE PETROLEO DERIVADO DE AMBOS Y SUBSIDIARIA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES – ZONA NOROESTE, de los Derechos de Construcción, respecto del inmueble donde funciona el Camping y con datos catastrales: Circunscripción 3, Sección Rural, Parcela 258 CF, Contribuyente Nº 410078-0.
VISTO:
El Decreto-Ley N° 6769/58 (Ley Orgánica de Municipalidades) (t.v.); la Ordenanza Nº 6501 (t.v.) y el expediente Nº 4016–35.665-0-2016 – Alcance 1 – Cuerpo 0; y
CONSIDERANDO:
Que a fs. 1 el SINDICATO DEL PERSONAL DE EMPRESAS PARTICULARES DE PETROLEO, GAS DE PETROLEO DERIVADO DE AMBOS Y SUBSIDIARIA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES – ZONA NOROESTE solicita exención de pago de los Derechos de Construcción por obras nuevas en su Camping;
Que luce planilla actualizada de la Declaración Jurada Provisoria de los citados derechos;
Que la Dirección de Rentas, Tributo y Fiscalización a fs. 11 manifiesta que, el pedido de exención solicitado por el contribuyente se encuentra contemplado en el artículo 97 de la Ordenanza Nº 6501/2016 y en el artículo 3º de la Ordenanza Nº 6601/2017 y adjunta el listado de deuda que mantiene la institución a fs. 12/15;
Que la Secretaría de Economía y Hacienda manifiesta a fs. 18 que no tiene objeciones económicas ni financieras al Proyecto de Ordenanza obrante a fs. 16/17, el cual agrega para que eventualmente el beneficio sea otorgado por el Honorable Concejo Deliberante;
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA LA SIGUIENTE:
O R D E N A N Z A
ARTICULO 1°.- Exímese al SINDICATO DEL PERSONAL DE EMPRESAS PARTICULARES DE PETROLEO, GAS DE PETROLEO DERIVADO DE AMBOS Y SUBSIDIARIA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES – ZONA NOROESTE, de los Derechos de Construcción, respecto del inmueble donde funciona el Camping y con datos catastrales: Circunscripción 3, Sección Rural, Parcela 258 CF, Contribuyente Nº 410078-0.-
ARTICULO 2º.- El Departamento Ejecutivo efectuará en el respectivo registro el asiento derivado de la medida dispuesta en el artículo primero.-
ARTICULO 3º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los 20 días del mes de septiembre de 2018.-
CRISTINA G. DEL MARMOL LUIS RICARDO GÓMEZ
SECRETARIA VICEPRESIDENTE 1°
Honorable Concejo Deliberante Honorable Concejo Deliberante
REGISTRADA BAJO EL N° 6783
Campana, 4 de octubre de 2018.-
Promulgada por DECTO-2018-984-E-MUNICAM-INT, del 4 de octubre de 2018.-
Cúmplase, Regístrese y Publíquese.
Dr. ABEL SANCHEZ NEGRETTE SEBASTIÁN ABELLA
Secretario Técnico, Intendente Municipal
Administrativo y Legal