DIGESTO

Expediente N°6796

Ordenanza: 6796
Año: 2018
Fecha de Sanción: 18-10-2018
Fecha de Promulgación: 05-11-2018

Dispónese que en el término de doce (12) meses, a partir de promulgada esta Ordenanza, dote a todos las Establecimientos Educativos Públicos del Partido de Campana de detectores inteligentes de gas y de monóxido de carbono, y que las próximas incorporaciones de artefactos a gas contengan la tecnología incorporada de detección correspondiente.-

VISTO:

                              Lo acontecido en la Escuela Nicolás Avellaneda N° 49 de Moreno, donde perdieran la vida Sandra Calamano, Vicerectora y Rubén Rodríguez, Auxiliar, ambos del citado establecimiento y las condiciones de obsolescencia, daño y fatiga que presentan muchos materiales, estructuras y equipamientos de las dependencias educativas de Campana; y

CONSIDERANDO:

                              Que la citada explosión que ocurriera el jueves 2 de agosto próximo pasado en la escuela de Moreno, debe configurar un antes y después en la construcción, mejora y adecuación a parámetros eficientes de seguridad y prevención en toda obra pública que el Estado en cualquiera de sus formas ejecute y que estén destinadas al uso público;

                              Que el aludido hecho y según información brindada por Docentes y padres de alumnos aseguraron que Sandra, la docente fallecida, con al menos 15 años en el establecimiento, había presentado reclamos en el Consejo Escolar de Moreno por problemas con escapes de gas, sin recibir respuestas positivas a dicho reclamo. Tampoco había mecanismos de alerta temprana que permitiesen, con su correcta activación, prevenir la tragedia que luego enlutaría a toda la comunidad;

                              Que nuestra ciudad no escapa a dicha problemática en ningún ámbito;

                              Que ante problemáticas de esa especie, creemos de suma importancia que todas las instituciones educativas y progresivamente todas las oficinas de atención pública, cuenten con los mecanismos e instrumentos inteligentes que sirvan para detectar fugas de gas con fiabilidad, localizar gases licuados, propano, butano, dióxido de carbono, gas natural y otros;

                              Que además, estén conectados al servicio de emergencia del lugar, para que al sonar los mecanismos de alarma se puedan adoptar las medidas que prevengan accidentes, daños, perdidas y lesiones;

                              Que estos detectores de variada calidad y oferta en el mercado doméstico presentan costos extremadamente bajos a los fines preventivos para los cuales fueron diseñados, con lo cual accederlos y colocarlos en los establecimientos requeridos y cualquier otro destinado al uso público, que pueda presentar fatigas de materiales no representa costo para el erario;

                              Que sería importante coordinar estos elementos con otros sistemas preexistentes de llave de corte para que el ciclo de prevención sea total;

                              Que nuestro Partido cuenta con escuelas técnicas que capacitan a sus alumnos en distintas aéreas como electrónica, electromecánica, etc.. Siendo de suma importancia que los profesores y alumnos pudieran interiorizarse en el futuro desarrollo de mecanismos de prevención e incluso podrían colaborar junto con el personal autorizado en la colocación de los mismos;

POR ELLO:

                                        EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS,  SANCIONA LA SIGUIENTE:

O R D E N A N Z A

ARTICULO 1º.-  Dispónese que en el término de doce (12) meses, a partir de promulgada esta Ordenanza, dote a todos las Establecimientos Educativos Públicos del Partido de Campana de detectores inteligentes de gas y de monóxido de carbono, y que las próximas incorporaciones de artefactos a gas contengan la tecnología incorporada de detección correspondiente.-

ARTICULO 2º.-  Asígnase una partida presupuestaria proveniente del Fondo Educativo para cumplir con lo estipulado en la presente Ordenanza.-

ARTICULO 3º.-  Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-

                              Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los 18 días del mes de octubre de 2018.-

             CRISTINA G. DEL MARMOL                                                                     SERGIO D. ROSES

                     SECRETARIA                                                                                                 Presidente

       Honorable Concejo Deliberante                                                                   Honorable Concejo Deliberante

AUTOR: CONCEJAL MARCO COLELLA

REGISTRADA BAJO EL N° 6796

Campana, 5 de noviembre de 2018.-

                                               Vetada parcialmente por DECTO-2018-1117-E-MUNICAM-INT, del 5 de noviembre de 2018.-

Cúmplase, Regístrese y Publíquese.

        Dr. ABEL SANCHEZ NEGRETTE                                                          LUIS RICARDO GÓMEZ                       

                  Secretario Técnico,                                                                                Intendente Interino

               Administrativo y Legal