Ordenanza: 6868
Año: 2019
Fecha de Sanción: 26-12-2019
Fecha de Promulgación: 17-01-2019
Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a efectuar la compra directa del inmueble propiedad de la Agencia de Administración de Bienes del Estado (AABE), denominado “Estación Ferroviaria Campana
VISTO:
La necesidad de hacer efectivo el desarrollo de un espacio de aprovechamiento público del predio de la costanera de nuestra Ciudad como se lo viene planteando desde el año 1995 hasta la fecha; y
CONSIDERANDO:
Que dicho inmueble se encuentra en el ámbito de administración de la Agencia de Administración de Bienes del Estado (AABE) y se ha denominado por la misma como “Estación Ferroviaria Campana”;
Que la Municipalidad de Campana celebró hace ya muchísimos años un Convenio de guarda y custodia del predio, mediante el cual se otorgó al Estado local un derecho de uso precario del mismo;
Que desde hace más de 20 años, los distintos gobiernos que se sucedieron, consideraron la recuperación de las tierras costaneras una verdadera política de estado e impulsaron diversas gestiones tendientes a la adquisición del inmueble para uso y disfrute de todos los campaneases;
Que el actual Intendente Municipal también ha expresado su voluntad de adquirirlos, y en este sentido, el 24 de junio pasado, en nota periodística al medio “La Auténtica Defensa”, el ex Presidente del Honorable Concejo Deliberante, Sergio Roses, expresaba que “…Tal como se anunció oportunamente, esos predios que hoy son del estado nacional, serán transferidos al Municipio, dentro de un Convenio para desarrollar un master plan en el lugar…”;
Que contrariamente a lo expresado públicamente por las máximas autoridades municipales, ya sea el Intendente Abella o el ex Presidente del Honorable Concejo Deliberante mencionado ut-supra, la AABE ya decretó la subasta pública de dicho inmueble;
Que a los efectos de establecer el valor del inmueble, se realizaron las tasaciones por medio de las entidades competentes, definiéndose en poco más de $ 83.000.000;
Que en diversas ocasiones funcionarios del AABE han manifestado la voluntad del Organismo de trasmitir la propiedad de dicho inmueble al Municipio;
Que la Ley 22.423 en su artículo 2º, Inciso A), faculta al Poder Ejecutivo Nacional para vender directamente los inmuebles del dominio privado del ESTADO NACIONAL, a los ocupantes de inmuebles destinados a la prestación de servicio públicos, tal el caso de la Municipalidad de Campana, que habiendo celebrado convenio de guarda y custodia, dispuesto seguridad en el predio durante muchísimos años, habiendo cumplimentado el desalojo y/o reubicación de las familias allí alojadas, se dispone a ampliar el espacio público con fines de esparcimiento y recreación para sus 100 mil habitantes, en un contexto de déficit de espacios verdes públicos, según indicador de la OMS;
Que habiéndose presupuestado recursos por más de 2.400 millones de pesos para el próximo año 2019, se es factible generar las economías necesarias para concretar la inversión necesaria y comprar el espacio costanero para disfrute de todas y todos los campaneases, promoviendo un desarrollo que permita al Estado Municipal ser parte de la rentabilidad que surja de la explotación del predio, generando fondos genuinos para la realización de nuevas y necesarias obras, en lugar de enajenarlo a favor de terceros privados;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por los artículo 54, 156, inciso 2) de la Ley Nº 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.);
Que a fin de perfeccionar la presente transacción, es necesario autorizar al Departamento ejecutivo Municipal a efectuar la compra directa del inmueble propiedad de la Agencia de Administración de Bienes del Estado (AABE), el predio de la costanera denominado por la AABE “Estación Ferroviaria Campana”, con una superficie del terreno de 11.933,03 m2.; el predio de los galpones más 6.565,30 m2. de calle;
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA LA SIGUIENTE:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º.- Autorízase al Departamento Ejecutivo Municipal a efectuar la compra directa del inmueble propiedad de la Agencia de Administración de Bienes del Estado (AABE), denominado “Estación Ferroviaria Campana”, cuya nomenclatura catastral se encuentra en trámite, con una superficie del terreno de ONCE MIL NOVECIENTOS TREINTA Y TRES METROS CUADRADOS CON TRES DECÍMETROS CUADRADOS (11.933,03 m2.), el predio de los galpones; más SEIS MIL QUINIENTOS SESENTA Y CINCO METROS CUADRADOS CON TREINTA DECÍMETROS CUADRADOS (6.565,30 m2.) de calle; ubicado en la Ciudad de Campana, Provincia de Buenos Aires.-
ARTICULO 2º.- El monto total de la adquisición deberá estar en un todo de acuerdo a la tasación realizada por el Tribunas de Tasaciones de la Nación y pagaderos conforme al plan de negociación que se le autoriza efectuar al Departamento ejecutivo y convalidar en el Honorable Concejo Deliberante.-
ARTICULO 3º.- La escritura traslativa de dominio se otorgará por ante la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires.-
ARTICULO 4º.- Incorpórese al Patrimonio Municipal.-
ARTICULO 5º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los 26 días del mes de diciembre de 2018.-
Cristina del Mármol OSVALDO M. FRATICELLI
Secretaria PRESIDENTE
Honorable Concejo Deliberante Honorable Concejo Deliberante
AUTOR: HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE
REGISTRADA BAJO EL N° 6868
Campana, 17 de enero de 2019.-
Promulgada por DECTO-2019-27-E-MUNICAM-INT, del 17 de enero de 2019.-
Cúmplase, Regístrese y Publíquese.
Dr. ABEL SANCHEZ NEGRETTE SEBASTIÁN ABELLA
Secretario Técnico, INTENDENTE MUNICIPAL
Administrativo y Legal