Ordenanza: 6870
Año: 2019
Fecha de Sanción: 26-12-2019
Fecha de Promulgación: 04-01-2019
Autorízase al Departamento Ejecutivo a suscribir el Convenio de Reciproca Colaboración entre el Patronato de Liberados Bonaerense y la Municipalidad del Partido de Campana.
El Decreto–Ley Nº 6.769/1958 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.); y el expediente Nº 4016-6755/2018; y
Que a fs. 2/4 luce copia del Convenio de Reciproca Colaboración, a suscribir entre el Patronato de Liberados de la Provincia de Buenos Aires y la Municipalidad de Campana;
Que dicho Convenio de recíproca colaboración tiene por objeto de promover la seguridad, la prevención del delito y la disminución de la reincidencia delictiva, así como generar acciones de asistencia efectiva para las personas supervisadas por el mencionado Patronato y su núcleo familiar;
Que a fs. 6 y 7, se propone implementar el Proyecto piloto de Justicia restaurativa: Talleres en la Unidad 41 –Campana, dirigido a internos con menos de un año para obtener la libertad, con el objetivo de reducir el índice de reincidencia penal;
Que de acuerdo a lo actuado a fs. 15 por la Dirección de Técnica, Normativa y Legislativa, no existen objeciones que formular al respecto;
Que en virtud de lo dispuesto en el artículo 41 del Decreto–Ley Nº 6.769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.), corresponde al Honorable Concejo Deliberante autorizar consorcios, cooperativas, convenios y acogimientos a las Leyes provinciales o nacionales;
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA LA SIGUIENTE:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º.- Autorízase al Departamento Ejecutivo a suscribir el Convenio de Reciproca Colaboración entre el Patronato de Liberados Bonaerense y la Municipalidad del Partido de Campana, el cual tiene por objeto promover la seguridad, la prevención del delito y la disminución de la reincidencia delictiva, así como generar acciones de asistencia efectiva para las personas supervisadas por el Patronato de Liberados y su núcleo familiar, cuya copia luce a fs. 2/4 del expediente Nº 4016-6755/2018.-
ARTICULO 2º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los 26 días del mes de diciembre de 2018.-
Cristina del Mármol OSVALDO M. FRATICELLI
Secretaria PRESIDENTE
Honorable Concejo Deliberante Honorable Concejo Deliberante
REGISTRADA BAJO EL N° 6870
Campana, 4 de enero de 2019.-
Promulgada por DECTO-2019-7-E-MUNICAM-INT, del 4 de enero de 2019.-
Cúmplase, Regístrese y Publíquese.
Dr. ABEL SANCHEZ NEGRETTE SEBASTIÁN ABELLA
Secretario Técnico, INTENDENTE MUNICIPAL
Administrativo y Legal