976,1970,1970-08-18,1970-08-18,ARTÍCULO 1º- Amplíase hasta el 31 de diciembre de 1970, el plazo establecido en el artículo 6º de la Ordenanza Nº 965, para la presentación de los planos para el empadronamiento de las construcciones existentes en el Partido.-n nARTÍCULO 2º- Cúmplase, regístrese, publíquese en el Boletín Oficial .-n