Ordenanza: 6931
Año: 2019
Fecha de Sanción: 05-09-2019
Fecha de Promulgación: 30-09-2019
Establécese un área de detención exclusiva, destinada al estacionamiento – – – – – – – – – – – – de vehículos para personas discapacitadas y/o con movilidad reducida y/o embarazadas, el que se encontrará ubicado frente al Centro de Atención Primaria del Barrio Siderca, sito en la calle Lavezzari 11, de la Ciudad de Campana
VISTO:
Los reclamos de vecinos que se atienden en el Centro de Atención Primaria del Barrio Siderca de nuestra Ciudad; y
CONSIDERANDO:
Que dichos reclamos se basan en que las personas con discapacidad que concurren a dicho Centro, se encuentran con que no pueden estacionar frente al lugar, o tienen que hacerlo muy alejado, debido que en forma contigua se sitúa la Sociedad de Fomento de dicho barrio;
Que en dicha Sociedad de Fomento, se dictan clases de talleres municipales, donde concurre una gran cantidad de vecinos, y en los días que se dan esos talleres, las personas con discapacidad que concurren al C.A.P., tienen que estacionar alejados del lugar, y se les complica poder acercarse;
Que los vecinos nos solicitan que se estudie la factibilidad de prohibir el estacionamiento en frente de la Sociedad de Fomento de dicho barrio, y se señalice con un cartel o pintura sobre la calle para que sea Estacionamiento Exclusivo para Discapacitados;
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA LA SIGUIENTE:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º.- Establécese un área de detención exclusiva, destinada al estacionamiento – – – – – – – – – – – – de vehículos para personas discapacitadas y/o con movilidad reducida y/o embarazadas, el que se encontrará ubicado frente al Centro de Atención Primaria del Barrio Siderca, sito en la calle Lavezzari 11, de la Ciudad de Campana.-
ARTÍCULO 2º.- Procédase a la señalización del área determinada en el artículo anterior, – – – – – – – – – – – – la que deberá ser demarcada, conforme a la legislación vial vigente, a través de pintado y colocación de cartelería.-
ARTICULO 3º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los 5 días del mes de septiembre de 2019.-
Cristina del Mármol OSVALDO M. FRATICELLI
Secretaria PRESIDENTE
Honorable Concejo Deliberante Honorable Concejo Deliberante
AUTOR: CONCEJAL CAZENAVE MIRIAM
REGISTRADA BAJO EL N° 6931
Campana, 30 de septiembre de 2019.-
Promulgada de hecho por haber transcurrido el plazo establecido en el inciso 2) del artículo 108 del Decreto-Ley N° 6769/58 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v).-
Cúmplase, Regístrese y Publíquese.
Dr. ABEL SANCHEZ NEGRETTE SEBASTIÁN ABELLA
Secretario Técnico, INTENDENTE MUNICIPAL
Administrativo y Legal