DIGESTO

Expediente N°6943

Ordenanza: 6943
Año: 2019
Fecha de Sanción: 03-10-2019
Fecha de Promulgación: 24-10-2019

Establécese un Registro de Inscripción Voluntario en el cual el estudiante o egresado de la Tecnicatura de Administración Pública con domicilio en la Ciudad de Campana, pueda inscribirse, a fin de ser tenido en cuenta en las convocatorias abiertas de empleo público local y se priorice dicho listado oficial, contrastando la correspondencia con el perfil determinado previa y públicamente

VISTO:

                              La necesidad de generar técnicos especialistas en la administración pública municipal en las diversas áreas que lo requieran; y

CONSIDERANDO:

                              Que en nuestra ciudad en el Instituto de Formación Docente y Técnica Nº 15 se dicta la carrera de Técnico Superior en Administración Pública;

                              Que el Técnico Superior en Administración Pública se encuentra preparado para comprender los fundamentos y el desafío social de la moderna administración supervisando el desarrollo de tareas operativas en el ámbito de los organismos públicos;

                              Que surge la demanda del sector público de contar con recursos humanos formados para integrar sus cuadros técnico-políticos. Es así que una propuesta curricular de Administración Pública debe poner el acento en que los agentes del Estado visualicen qué parte de su responsabilidad en la definición de políticas que hacen al desarrollo de las comunidades, debe complementar la promoción conjunta de espacios de participación de actores, en cuanto promotores de ciudadanía, de desarrollo sociocultural y productivo;

                              Que en este sentido, se entiende que la Educación Superior puede y debe contribuir a la formación de cuadros profesionales para la Administración Pública, que permitirán su jerarquización y mejora y que siendo el Estado el garante del bien común y de la equidad, requiere una adecuada gestión de sus recursos, en un contexto socio-económico crítico;

                              Que respondiendo a uno de los objetivos que se formulan en el artículo 4 de la Ley de Educación Superior: “formar científicos, profesionales y técnicos que se caractericen por la solidez de su formación y por su compromiso con la sociedad de que forman parte”, la Provincia de  Buenos Aires ha producido un hecho de real trascendencia en la esfera de las políticas públicas al asumir y concretar una verdadera transformación educativa del sistema provincial, tanto en las instituciones de carácter oficial como en las del ámbito privado, para dar respuestas formativas a las demandas del contexto socio-productivo de las distintas regiones;

                              Que la definición del rol del Estado y sus relaciones con la sociedad han sufrido cambios importantes en los últimos años. Dentro del marco de las reformas del estado, uno de los aspectos a considerar es como se distribuye la gestión de lo público y que implicancias tiene esta definición en cuanto a distribución y construcción de poder. El espacio que el Estado espera o pretende que ocupe la sociedad amplia los márgenes de la participación comunitaria y posibilita reconfigurar relaciones de poder en las distintas comunidades en las instancias locales;

                              Que los espacios de promoción de la participación ciudadana constituyen estrategias valiosas para la democratización del Estado en los espacios públicos desde una

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lógica de afirmación de los derechos y favorecen la inclusión de nuevos actores en el sistema político que, al disminuir la asimetría en la representación social, permiten una mayor democratización de los procesos decisorios. Pero para que estos espacios de participación puedan darse es necesario fortalecer ciertas capacidades de los agentes del estado y de la sociedad civil de manera que puedan convertirse en interlocutores con poder y legitimidad ante el gobierno;

POR ELLO:

                              EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA LA SIGUIENTE:

O R D E N A N Z A

ARTÍCULO 1º.-   Establécese un Registro de Inscripción Voluntario en el cual el estudiante o egresado de la Tecnicatura de Administración Pública con domicilio en la Ciudad de Campana, pueda inscribirse, a fin de ser tenido en cuenta en las convocatorias abiertas de empleo público local y se priorice dicho listado oficial, contrastando la correspondencia con el perfil determinado previa y públicamente.-

ARTÍCULO 2º.-   Desígnase a la Oficina de Empleo Municipal, o quien en el futuro la reemplace, como autoridad de aplicación de la presente, a fin de que en toda convocatoria pública y abierta de personal administrativo, tendrán prioridad ante igual condiciones las personas mencionadas en el artículo 1º.-

ARTÍCULO 3º.-   La reglamentación de la presente determinará los plazos de selección y los modos públicos de conocimiento a fin de que sea revalidado por el Cuerpo Deliberativo.-

ARTICULO 4º.-   Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-

                              Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los 3 días del mes de octubre de 2019.-

            Dr. JUAN JOSÉ GHIONE                                                                   MARCO COLELLA

                Secretario Legislativo                                                                     VICEPRESIDENTE 1°

       Honorable Concejo Deliberante                                                      Honorable Concejo Deliberante

AUTOR: COMISION DE LEGISLACIÓN GENERAL Y SEGURIDAD

REGISTRADA BAJO EL N° 6943

Campana, 24 de octubre de 2019.-

                                               Promulgada por DECTO-2019-945-E-MUNICAM-INT, del 24 de octubre de 2019.-

Cúmplase, Regístrese y Publíquese.

      Dr. ABEL SANCHEZ NEGRETTE                                                                SEBASTIÁN ABELLA                       

                  Secretario Técnico,                                                                                Intendente Municipal    

              Administrativo y Legal