Ordenanza: 6949
Año: 2019
Fecha de Sanción: 07-11-2019
Fecha de Promulgación: 11-11-2019
Convalídase en todas sus partes el Convenio suscripto el día 27 de marzo de 2019, entre el Instituto de la Vivienda de la Provincia de Buenos Aires y la Municipalidad de Campana, el cual tiene por objeto prestar asistencia financiera a dicho Municipio, para la ejecución de las obras de apertura, entoscado y perfilado de calles internas; relleno con tosca sector veredas y relleno de patios internos de las viviendas, a ejecutarse en las 104 viviendas del Barrio Unión Obrera Metaúrgica (U.O.M)., ubicado en la Ciudad de Campana, en el marco del Decreto Ley Provincial Nº 9104/78, sus modificatorios, ampliatorios, antecedentes y resolución reglamentaria IVBA Nº 2511/95, cuya copia luce a fs. 2/3 del expediente Nº 4016-11.536-0-2019
VISTO:
El Decreto – Ley Nº 6.769/1958 (Ley Orgánica de las Municipalidades) (t.v.); el Convenio suscripto el día 27 de marzo de 2019, entre el Instituto de la Vivienda de la Provincia de Buenos Aires y la Municipalidad de Campana; y el expediente Nº 4016-11.536-0-2019; y
CONSIDERANDO:
Que a fs. 2/3 luce copia del Convenio de referencia;
Que el objeto del mismo es prestar asistencia financiera al Municipio de Campana, para la ejecución de las obras de apertura, entoscado y perfilado de calles internas; relleno con tosca sector veredas y relleno de patios internos de las viviendas, a ejecutarse en las 104 viviendas del Barrio Unión Obrera Metalúrgica (U.O.M)., ubicado en la Ciudad de Campana, en el marco del Decreto Ley Provincial Nº 9104/78, sus modificatorios, ampliatorios, antecedentes y resolución reglamentaria IVBA Nº 2511/95;
Que atento a lo actuado a fs. 9 y 10 por la Contaduría Municipal y por la Secretaría de Economía y Hacienda, no existen objeciones de carácter contable, y económicas ni financiera, respectivamente, que formular al respecto;
Que asimismo, a fs. 7 y 11 la Jefatura de Gabinete y la Dirección de Técnica Normativa y Legislativa no poseen objeciones que formular respecto al Proyecto de Ordenanza obrante a fs. 4/5;
Que atento a que el Honorable Concejo Deliberante se encontraba en período de receso y en virtud de lo establecido en el artículo 41 del Decreto-Ley Nº 6.769/58 (Ley Orgánica de Municipalidades) (t.v.), el mencionado Convenio debió ser firmado “Ad-Referendum” de su convalidación por parte del Departamento Deliberativo;
POR ELLO:
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE SON PROPIAS, SANCIONA LA SIGUIENTE:
O R D E N A N Z A
ARTÍCULO 1º.- Convalídase en todas sus partes el Convenio suscripto el día 27 de marzo de 2019, entre el Instituto de la Vivienda de la Provincia de Buenos Aires y la Municipalidad de Campana, el cual tiene por objeto prestar asistencia financiera a dicho Municipio, para la ejecución de las obras de apertura, entoscado y perfilado de calles internas; relleno con tosca sector veredas y relleno de patios internos de las viviendas, a ejecutarse en las 104 viviendas del Barrio Unión Obrera Metaúrgica (U.O.M)., ubicado en la Ciudad de Campana, en el marco del Decreto Ley Provincial Nº 9104/78, sus modificatorios, ampliatorios, antecedentes y resolución reglamentaria IVBA Nº 2511/95, cuya copia luce a fs. 2/3 del expediente Nº 4016-11.536-0-2019.-
ARTÍCULO 2º.- Facúltase al Departamento Ejecutivo a realizar todas las modificaciones necesarias en el Convenio mencionado en el artículo anterior, a fin de dar cumplimiento con las obligaciones emergentes en el mismo.-
ARTICULO 3º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.-
Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los 7 días del mes de noviembre de 2019.-
Cristina del Mármol OSVALDO M. FRATICELLI
Secretaria PRESIDENTE
Honorable Concejo Deliberante Honorable Concejo Deliberante
REGISTRADA BAJO EL N° 6949
Campana, 11 de noviembre de 2019.-
Promulgada por DECTO-2019-974-E-MUNICAM-INT, del 11 de noviembre de 2019.-
Cúmplase, Regístrese y Publíquese.
Dr. ABEL SANCHEZ NEGRETTE SEBASTIÁN ABELLA
Secretario Técnico, INTENDENTE MUNICIPAL
Administrativo y Legal